Los historiales y la documentación que los otorgantes de créditos piden hay que verlas desde un ángulo positivo, pues, entre otras cosas, disminuyen las probabilidades de sobreendeudamiento.   En alguna de las conferencias que imparto sobre Buró de Crédito me topé con una persona que veía a las Sociedades de Información Crediticia (SIC), como Buró de Crédito, como un obstáculo para obtener financiamiento. De entrada, recordemos que las SIC no autorizan ni rechazan créditos. Las SIC sólo recopilan información de los otorgantes de crédito para construir historiales crediticios, y otras herramientas sirven para conocer a un potencial cliente; por ejemplo, dentro del proceso de originación de un financiamiento. La información también les permite calcular si éste puede hacerle frente a un nuevo financiamiento sin sobreendeudarlo. Esto es muy importante para proteger al consumidor de crédito y para mantener al sistema financiero sano. Junto al historial crediticio, los otorgantes también consideran otros factores ajenos a las SIC, como los ingresos del solicitante, su nivel de endeudamiento, el número de dependientes económicos, sus compromisos financieros no crediticios (por ejemplo la renta), la edad, etc. Estos criterios forman parte de sus propios modelos de negocio y de riesgo. En el caso de las empresas, hay varios requisitos que los otorgantes de crédito solicitan; como dijimos, éstos pueden variar según el criterio de cada uno de ellos. Algunos de éstos incluyen, por ejemplo, estar legalmente constituidas (Acta Constitutiva), presentar Poderes y Reformas (en caso de persona moral), estar dados de alta en Hacienda, no presentar pérdida en la declaración anual, no estar en quiebra técnica, presentar declaraciones de impuestos, tener comprobantes de ingresos, tener estados de cuenta bancarios o estados financieros, etc. Lamentablemente, todavía existen empresas que no cuentan con esta documentación, es decir, operan informalmente. Entonces, ¿si no se está dado de alta en Hacienda no se puede ser sujeto de crédito? Si hay posibilidades, pero seguramente se necesitará comprobar ventas, además de exhibir documentación que evidencie que el negocio cuenta con un permiso delegacional o municipal, un registro ante asociación de comercio o industria, o notas de compra u otro documento que sustente la actividad del negocio. ¿Y por qué los otorgantes piden tantas cosas? Primero, porque al tener estados de cuenta bancarios y declaraciones anuales, los otorgantes pueden conocer los flujos y la capacidad de pago de la empresa. Además, los otorgantes de crédito están sujetos a la Ley de Instituciones de Crédito, que en su Artículo 65 indica: “Para el otorgamiento de sus créditos, las instituciones de crédito deberán estimar la viabilidad de pago de los mismos por parte de los acreditados o contrapartes, valiéndose para ello de un análisis a partir de información cuantitativa y cualitativa, que permita establecer su solvencia crediticia y la capacidad de pago en el plazo previsto del crédito. Lo anterior deberá observarse sin menoscabo de considerar el valor monetario de las garantías que se hubieren ofrecido.” Los historiales y la documentación que los otorgantes piden hay que verlas desde un ángulo positivo, ya que estos disminuyen las probabilidades de sobreendeudamiento y/o quebrantos que afectan directamente al acreditado, a las instituciones de crédito, al ahorrador, al inversionista y a la economía nacional.   Contacto: Twitter: @BurodeCreditoMX Facebook: Buró de Crédito México Página web: Buró de Crédito   Las opiniones expresadas son sólo responsabilidad de sus autores y son completamente independientes de la postura y la línea editorial de Forbes México.

 

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