La cosa va a pasos de bebé, pero va, así que –pese a las voces disidentes con el acuerdo para disminuir la explotación de uranio en Irán– al mundo le queda esperanza de un planeta más seguro.   Los anglohablantes suelen decir que algo avanza despacio pero avanza hacia un objetivo específico, bajo la frase “baby steps” (o pasos de bebé); esto es lo que están consiguiendo tras meses de negociación con Irán los 5+1 (los cinco miembros permanentes del Consejo de Seguridad de la ONU: Estados Unidos, Reino Unido, Rusia, China y Francia, más Alemania) respecto al acuerdo para disminuir la explotación de uranio en ese país, que estará más orientada hacia fines energéticos que para la fabricación de armas nucleares.   En busca del quid pro quo o concesiones de ambos lados Por una parte, Irán disminuirá la explotación de uranio, mientras que por otro se espera el levantamiento de las sanciones impuestas en dos vías: aquellas provenientes de Naciones Unidas y las que impuso unilateralmente Estados Unidos tras el ataque a su embajada en Teherán, que dio cabida al conocido episodio de la crisis de los rehenes en Irán, entre 1979 y 1981.   Las sanciones de la ONU contra Irán y su probable levantamiento Naciones Unidas impuso sanciones a Irán, por violaciones al Tratado de la No Proliferación de las Armas Nucleares (TNP) del 5 de marzo de 1970, al artículo VI de dicho tratado, que señala que “Cada Parte en el Tratado se compromete a celebrar negociaciones de buena fe sobre medidas eficaces relativas a la cesación de la carrera de armamentos nucleares en fecha cercana y el desarme nuclear, y sobre un tratado de desarme general y completo bajo estricto y eficaz control internacional.” En este caso, Irán no tomó las medidas eficaces al respecto, de acuerdo con los inspectores del Organismo Internacional de Energía Atómica (OIEA), encargado de supervisar la implementación del TNP y que señaló en el informe del director del 22 de febrero de 2007 (GOV/2007/8), que Irán incumplió las resoluciones 1696 (2006) y 1737 (2006) relacionadas con el enriquecimiento y reprocesamiento de uranio. Las resoluciones con sanciones emitidas por el Consejo de Seguridad contra Irán, para obligarlo al cumplimiento del derecho internacional de acuerdo con lo obligado por el TNP, son: S/RES/1696 (2006), S/RES/1737 (2006), S/RES/1747 (2007), S/RES/1803 (2008), S/RES/1835 (2008) y S/RES/1929 (2009). Esta última amplía las sanciones a la revisión de determinado armamento pesado y la inspección de cargas sospechosas enviadas a Irán vía marítima o aérea. Estas resoluciones tienen un alcance sobre los miembros de Naciones Unidas y en contra de Irán, que van desde mantener la vigilancia respecto de la entrada en su territorio, o el tránsito por él, de personas que se dediquen, o estén directamente vinculadas o presten apoyo a las actividades nucleares de Irán que sean estratégicas desde el punto de vista de la proliferación o al desarrollo de sistemas vectores de armas nucleares, hasta el congelamiento de fondos u otros activos financieros y recursos económicos que se encuentren en su territorio, a más de una veintena de personas, instituciones y organizaciones, citadas por el Consejo de Seguridad en estas resoluciones, que se dediquen o estén vinculadas directamente o presten apoyo a las actividades nucleares de Irán. Éstas, sin duda, tienen un impacto importante en la economía de este país, de ahí que la presente negociación, a finiquitarse en junio, sea tan importante para ambas partes. Es el Consejo de Seguridad el que podrá levantar estas sanciones, y al ser decisiones de fondo, que requieren de 9 votos de 15, de los cuales 5 deben provenir en sentido afirmativo por los 5 miembros permanentes que participan de esta negociación, es fácil adivinar que las sanciones se levantarían, además de que las propias resoluciones indican que el levantamiento se condiciona al cumplimiento de las mismas por parte de Irán. Evidentemente, el proceso será gradual en tanto los informes de los inspectores de la OIEA reconozcan la disminución de explotación de uranio, y éste sea exclusivo para fines energéticos.   La otra cara de la moneda: las sanciones de EU contra Irán Pese a que una buena parte de países celebran, incluido México, este histórico acuerdo con Irán, en Estados Unidos hay una gran expectativa respecto de la reacción del Congreso que hoy es mayoría republicana, y que ha demostrado antipatía por varias de las acciones emprendidas por el presidente demócrata Barack Obama. Obama reforzó las medidas contra Irán en el 2010, cuando prohibió a instituciones extranjeras que comercializaban con Irán, el acceso al sistema financiero estadounidense, y restringió el abastecimiento de combustible al país. Durante el 2011 anunció sanciones a aquellas instituciones que negociaran con el banco central iraní. En este caso, esta clase de restricciones pueden ser retiradas o disminuidas por la Casa Blanca, es decir por el presidente. Un ejemplo de cómo se atenuaron sanciones por el Poder Ejecutivo es el que dio en 2013 el Departamento del Tesoro cuando levantó la prohibición de la comercialización de ciertos medicamentos a Irán, por cuestiones humanitarias. Pero en el caso de una legislación en la materia sería el Congreso el que tiene esta facultad. Sin embargo aún falta por conocer la reacción del Congreso del acuerdo final que se obtendrá en junio. La prensa ha anunciado las intenciones de algunos congresistas de presentar un proyecto de ley que permita al Congreso revisar y anular un acuerdo final, mismo que Obama podría vetar en tanto no sea aprobado por los dos tercios de votos. Como se observa, la cosa va a “pasos de bebé”, pero va, y con ello, pese a las voces disidentes con este acuerdo, al mundo le queda esperanza de un planeta más seguro.   Contacto: Correo: [email protected] / [email protected] Twitter: @ilrodrig   Las opiniones expresadas son sólo responsabilidad de sus autores y son completamente independientes de la postura y la línea editorial de Forbes México.

 

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