Los afiliados al Seguro Social a partir del 1 de julio de 1997 difícilmente podrán obtener una pensión superior al equivalente a un salario mínimo general vigente en el DF.   Para hablar de pensiones del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y planear el retiro de la vida laboral remunerada es indispensable saber con cuál ley nos pensionará el IMSS: Ley 1973 o Ley actual, y, por tanto, estimar el monto de muestra pensión. Cada ley tiene requisitos muy particulares que deben cumplirse para tener derecho a la pensión que otorga el IMSS, además de fórmulas de cálculo muy diferentes. ¿Con cuál ley del Seguro Social te pensionarás? Si te afiliaron al IMSS:
  • Con anterioridad al 1 de julio de 1997 podrás pensionarte con la Ley 1973.
  • A partir del 1 de julio de 1997 deberás pensionarte con la Ley actual.
En ambos casos, además de la pensión, el IMSS otorgará y garantizará atención médica. A continuación se presenta, de manera muy general, el esquema de cada ley:   Ley 1973 Requisitos, tener:
  • Cotizadas y reconocidas por el IMSS 500 semanas.
  • 65 años de edad para tener derecho al 100% del monto de la pensión. En caso de pensionarte antes de los 65 años de edad, el importe de la pensión se disminuirá en un 5% por cada año:
Una vez otorgada la pensión, el monto de la misma no aumenta con el paso de los años; sólo se actualizará anualmente de acuerdo con la inflación oficial.   Monto de la pensión: Dependerá del promedio del salario base de cotización (histórico, no se actualiza) de las últimas 250 semanas cotizadas y reconocidas por el IMSS y del total de semanas cotizadas y reconocidas por el IMSS a lo largo de la vida laboral. Puede ascender por mes al equivalente de un salario mínimo general ($2,103 vigente en 2015) hasta $50,000, aproximadamente. Ley actual Requisitos, tener:
  • Cotizadas y reconocidas por el IMSS 1,250 semanas.
  • 65 años de edad.
  Monto de la pensión: Dependerá del saldo disponible en la Subcuenta de Retiro. Prácticamente en todos los casos se tendrá derecho a la pensión garantizada, es decir, el equivalente a un salario mínimo general vigente en el Distrito Federal: $2,103 (vigente en 2015). De acuerdo con algunos estudios, sólo el 30% de los trabajadores asegurados a partir del 1 de julio de 1997 tendrán derecho a obtener la pensión del IMSS.   Conclusión Es relativamente fácil obtener la pensión del IMSS para quien fue afiliado al Seguro Social antes del 1 de julio de 1997 y el monto de la pensión puede ser importante. Por el contrario, para quien fue afiliado al IMSS a partir del 1 de julio de 1997 deberá cotizar muchas más semanas y difícilmente podrá obtener una pensión superior al equivalente a un salario mínimo general vigente en el DF. Más que preocuparnos, debemos ocuparnos; cada quien debe hacer su plan de retiro. El monto de la pensión (parte económica) es muy importante, pero también debe pensarse que en la edad de retiro la atención médica será más demandante y mayores los gastos que esto implicará (difícilmente podrán proyectarse): asistencia médica, hospitalización, medicamentos, material de curación, servicios auxiliares de diagnóstico y de tratamiento, intervenciones quirúrgicas, aparatos de prótesis y ortopedia, etcétera. En el caso de la Ley actual, de no tener derecho a la pensión económica, pero sí se tienen cotizadas y reconocidas 750 semanas, se tendrá derecho a la atención médica.   Contacto: Correo: [email protected] Página web: Rusell Bedford   Las opiniones expresadas son sólo responsabilidad de sus autores y son completamente independientes de la postura y la línea editorial de Forbes México.

 

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