Dedicada a los requerimientos ambientales del sector de hidrocarburos, la nueva Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente (ASEA) está en transición.   La Ley de la Agencia Nacional para la Seguridad Industrial y Protección del Medio Ambiente del Sector de Hidrocarburos fue publicada el 18 de agosto de 2014 en el Diario Oficial de la Federación como producto de la reciente reforma energética estructural, a partir de la cual se creó la Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente (ASEA), como un órgano administrativo, especializado y descentralizado de la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), dedicada a los requerimientos ambientales del sector de hidrocarburos. Posteriormente, el 31 de octubre del 2014 se publicó el reglamento interior de la ASEA, cuyas disposiciones entraron en vigor el 2 de marzo de 2015, marcando así el inicio formal de las actividades de la agencia. En términos generales, a la ASEA se le han otorgado las facultades para diseñar, implementar, regular y supervisar la seguridad industrial y operativa, así como la protección al ambiente de los proyectos vinculados al sector de hidrocarburos –incluyendo la responsabilidad de otorgar permisos y licencias requeridos en estas materias.   Competencia La competencia de ASEA para el “sector de hidrocarburos”, según lo define la nueva Ley de Hidrocarburos, abarca las siguientes actividades:
  • Reconocimiento y exploración superficial, así como la explotación y extracción de hidrocarburos.
  • Tratamiento, refinamiento, enajenación, comercialización, transportación y almacenamiento de petróleo.
  • Procesamiento, compresión, licuefacción, descompresión, regasificación, transporte, almacenamiento, distribución y expendio al público de gas natural.
  • Transporte, almacenamiento, distribución y expendio al público de gas licuado.
  • Transporte, almacenamiento, distribución y expendio de petrolíferos y diesel.
  • Transportación y almacenamiento a través de ductos de petroquímicos producto del procesamiento de gas natural y de la refinación del petróleo.
ASEA es la autoridad en todos los asuntos de seguridad y estándares a seguir en proyectos del sector energético; supervisa la aplicación y evaluación de las políticas de prevención, y puede sancionar, suspender o incluso cancelar proyectos que no cumplan con estos requisitos o que de otra forma podrían causar accidentes, daños o deterioro para el medio ambiente o los seres humanos.   Asuntos ambientales En cuanto a los asuntos ambientales, ASEA es competente para:
  • Otorgar, suspender, revocar o negar autorizaciones relacionadas con impacto ambiental, riesgo y los programas de prevención de accidentes relacionados, las emisiones al aire, el manejo de residuos (peligrosos o de manejo especial), el cambio de uso de suelo forestal y otros aspectos ambientales conexos de proyectos energéticos.
  • Expedir permisos para la liberación de organismos genéticamente modificados con fines de remediación de suelos contaminados causado por estos proyectos.
  • Determinar acciones que se requieran para la remediación y compensación del daño ambiental.
  • Exigir el otorgamiento de seguros y garantías para cumplir con los términos establecidos en las autorizaciones pertinentes y los riesgos provocados en la ejecución de proyectos de petróleo y gas.
  • Llevar a cabo inspecciones en el cumplimiento de disposiciones, políticas y condicionantes en materia de protección al ambiente y seguridad, incluyendo aquellas establecidas en los permisos emitidos por la misma.
  • Imponer medidas correctivas y sanciones por infracciones de las disposiciones y regulaciones ambientales.
  • Determinar y ejecutar la política ambiental correspondiente al sector de hidrocarburos, incluyendo la emisión de las directrices y lineamientos específicos que se requieren para la ejecución de proyectos pertinentes.
Todos los asuntos relativos a la explotación de las aguas nacionales que se requieren para proyectos relacionados con el sector de hidrocarburos –así como descargas de aguas residuales en aguas nacionales– seguirán sujetos a la Ley de Aguas Nacionales, y su Reglamento, bajo la jurisdicción de la Comisión Nacional del Agua.   Transición Finalmente, a pesar de que la ASEA inició sus actividades el 2 de marzo de 2015, está sujeta a una fase de transición, que requiere la cooperación de la Semarnat y la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, con el fin de:
  • Transferir los expedientes relacionados con proyectos autorizados y activos correspondientes al sector hidrocarburos.
  • Transferir expedientes para procedimientos administrativos.
·        Proveer asistencia técnica y legal necesaria hasta que el organismo alcance su plena capacidad operativa.   Contacto: Twitter: @HoganLovellsMX Página web: Hogan Lovells   Las opiniones expresadas son sólo responsabilidad de sus autores y son completamente independientes de la postura y la línea editorial de Forbes México.

 

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