Este nuevo intento de la clase política de poner límites a la actividad civil en plataformas digitales tampoco progresó. Y aunque sí es necesaria una ley que ayude a prevenir y sancionar conductas lesivas en internet, también es cierto que deben contemplarse los derechos de expresión de los internautas.   Era más que obvio que la ley Fayad estaba condenada al fracaso, no sólo por su redacción ambigua y limitada, sino porque consideraba regular ciertas actividades básicas que le dan sentido a internet, tales como comunicar, socializar y compartir información. Incluso buscaba legislar prácticas tan sensibles como la libertad de expresión, que aun y con todos sus vericuetos legales resultan intocables en el México contemporáneo. (La propuesta aún se encuentra disponible en este enlace.) Pero ésta no fue la primera vez que la clase política intenta poner límites a la actividad civil en plataformas digitales, y en todos los casos ninguna legislación ha progresado. Para ciertos sectores de la política nacional, internet es realmente una piedra en el zapato, no sólo porque desde las trincheras digitales han recibido una buena parte de las críticas a sus labores, sino, además, porque prácticamente resulta imposible de controlar. Ahora bien, en este momento cabe hacernos la pregunta de si es necesario tener leyes que regulen la actividad en internet. La respuesta es sí, aunque con muchos bemoles. En primera instancia hay que distinguir claramente entre las actividades que pongan en peligro la seguridad de la nación o el patrimonio de las personas, y separarlas del ejercicio de la libre expresión. Por otra parte es necesario contemplar que si bien es extremadamente difícil regular la actividad de los individuos en los entornos digitales, las instituciones gubernamentales sí deben contar con un marco regulatorio que las proteja y al mismo tiempo establezca directrices que controlen la acción de sus actores. La llamada ley Fayad tenía tantas ambigüedades que un par de días después de su presentación en la cámara alta, su creador, el senador Omar Fayad, presidente de la Comisión de Seguridad Pública de ese órgano legislativo, decidió retirarla tras recibir fuertes críticas, sugiriendo, incluso, que podía quemar la ley. Si me lo preguntan, parece que el legislador no consideró lo que sucedió con las leyes secundarias en materia de telecomunicaciones hace más de un año, cuando se pretendía vigilar y castigar la interacción social. No obstante, a pesar de las críticas recibidas, la iniciativa para crear la “Ley para prevenir y sancionar los delitos informáticos” tenía varios puntos notables. Por ejemplo, tipificaba muy bien la depredación sexual, el robo de información, el hackeo de equipos con fines de lucro y los delitos de fraude bancario digital.   ¿En qué falló la propuesta de ley? Hay cinco puntos fundamentales que podemos revisar:
  1. Mala redacción y ambigüedad: Resulta sorprendente que una ley tan ambiciosa y que pudo sentar precedente tuviera tantas ambigüedades, aunado esto a una redacción deficiente. Por ejemplo, el artículo 17, que habla sobre delitos contra sistemas informáticos, sugiere que cualquier persona que dañe un equipo de cómputo podría obtener una sanción. Quizá se refería a sistemas que pertenezcan al Estado o a un tercero; sin embargo, en la redacción de la ley no valen los quizás. Así, varios artículos no definen claramente qué persiguen, qué defienden o qué castigan.
  2. Percepción errónea del internet: En la justificación de la ley se plantea que internet es principalmente un espacio de intercambio comercial y económico. Sin embargo debemos recordar que, antes de ser una especie de mercado digital, la web es un espacio de interacción social que, entre muchas otras cosas, ha generado comunicación, cohesión social, cultura y, sí, comercio electrónico. Además, ni internet ni las redes sociales son medios de comunicación masiva, no están obligados a decir la verdad, ni seguir códigos de ética, porque su principio básico es la libertad. Por tal motivo es sumamente necesario crear leyes que persigan delitos que atenten contra la seguridad y el patrimonio de los individuos, y no necesariamente contra la reputación de la clase política.
  3. Derechos de los internautas: Correcto, la propuesta de ley explica claramente a qué podemos atenernos si cometemos algún delito informático, pero en ningún momento explica cuáles son los derechos de los internautas, ni qué instituciones vigilarán que se respeten. Tampoco habla de alguna entidad que defienda los derechos civiles digitales en caso de abusos de autoridad. Se castiga, pero no se defiende.
  4. Prevención antes que punición: El título de la ley habla de prevenir y sancionar delitos informáticos, y lo que queda sumamente claro son las penas que vamos a alcanzar en caso de cometer alguno de los hipotéticos delitos, pero ¿y la prevención? ¿No sería mejor educar antes que castigar? Sin políticas claras de prevención de delitos informáticos, no es posible tener una ley que evite criminalizar algunas conductas que no lo son. Algunas entidades de la República realizan programas de prevención que han resultado muy exitosos, como Navega Seguro, creado por Reyna Valdez, directora de Programas Preventivos de la Secretaría de Seguridad Pública de Sinaloa, donde se ha podido concientizar a jóvenes, quienes resultan ser las principales víctimas y, en algunas ocasiones, victimarios.
  5. Uso de datos personales: La propuesta de ley era tan restrictiva que el uso de datos personales, con el fin que fuera, sería severamente castigado. Ello iba a afectar de manera directa a los desarrolladores e incluso a los usuarios. La tendencia en la web actual es que a través de los hábitos de navegación se puedan ofrecer contenidos mucho más destacados y personalizados para los usuarios. Dicha circunstancia pone en entredicho la experiencia de navegación, pues cierto manejo de datos sería punible.
Si bien es necesario que exista una ley que ayude a prevenir y sancionar conductas lesivas en la red, también es cierto que deben contemplarse los derechos de expresión de los internautas. Por ello, en la elaboración de la una ley de esta naturaleza deben involucrarse entidades como la CNDH, el INAI y las ONG defensoras de la libertad de expresión. Así podríamos crear un marco regulatorio que garantice que los derechos de todos los ciudadanos están representados.   Contacto: Correo: [email protected] Twitter: @sincreatividad   Las opiniones expresadas son sólo responsabilidad de sus autores y son completamente independientes de la postura y la línea editorial de Forbes México.

 

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