Todo dinero o beneficio recibido de forma ilegal es un delito, pero tratándose de servidores públicos esto se agrava, pues afecta de forma directa a los ciudadanos en diferentes sentidos.   Por lo regular, cuando nos referimos al lavado de dinero solemos enfocar nuestra mente en actividades de narcotráfico, y no necesariamente es el único delito que da origen a operaciones con recursos de procedencia ilícita, como es el caso de las personas políticamente expuestas (PEPS) que pudieran lavar dinero procedente sobre todo de actos de corrupción. La corrupción es un flagelo que existe en todos los países del orbe, algunos con mejores controles que otros para detectarla, mitigarla y castigarla, pero al final del día es un fenómeno que representa graves problemas para los ciudadanos, pues desde el plano gubernamental, en algunos casos, son recursos que favorecen a ciudadanos que no pasan por un proceso legal para la obtención de un bien, favor u otro tipo de beneficio. Al entrar en el tema del lavado de dinero, en todos los países hay controles contra la corrupción en las entidades financieras –de acuerdo con regulación y políticas internas– al considerar a ese tipo de clientes como de alto riesgo, lo que implica una mayor debida diligencia en cuanto a la información que se tiene que obtener con respecto a la fuente de su riqueza y recursos. En México, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), en su portal de internet, sobre el tema de PEPS “da a conocer a las instituciones de crédito, sociedades financieras de objeto limitado, sociedades financieras de objeto múltiple, casas de cambio, centros cambiarios, transmisores de dinero, entidades de ahorro y crédito popular, almacenes generales de depósito, arrendadoras financieras, empresas de factoraje financiero, casas de bolsa, sociedades de inversión, administradoras de fondos para el retiro, instituciones y sociedades mutualistas de seguros, instituciones de fianzas y uniones de crédito, la lista de cargos públicos que serán considerados para definir a las personas políticamente expuestas nacionales, de manera enunciativa”. De un análisis de las disposiciones de carácter general destacan, entre otros aspectos, el que se entiende por PEPS a aquel individuo que desempeña o ha desempeñado funciones públicas destacadas en un país extranjero o en territorio nacional, considerando, entre otros, a los jefes de Estado o de gobierno, líderes políticos, funcionarios gubernamentales, judiciales o militares de alta jerarquía, altos ejecutivos de empresas estatales o funcionarios o miembros importantes de partidos políticos… Como podemos advertir, no contiene el nombre de la persona que ostenta el cargo, por lo que es tarea de las entidades ubicarlo, así como, en su caso, a la persona relacionada y, de existir, al beneficiario real de los recursos. “… Al respecto se continuará considerando Persona Expuesta Políticamente nacionales a aquellas personas que hubiesen sido catalogadas con tal carácter, durante el año siguiente a aquel en que hubiesen dejado su encargo… Sin perjuicio de lo anterior, en los casos en que una persona deje de reunir las características requeridas para ser considerada como Persona Expuesta Políticamente nacional, dentro del año inmediato anterior a la fecha en que pretenda iniciar una nueva relación comercial con alguna Entidad, esta última deberá catalogarla como tal, durante el año siguiente a aquel en que se haya celebrado el contrato correspondiente…” Asimismo se prevé que “cada Entidad deberá contar con un sistema automatizado que desarrollen, entre otras cosas, las siguientes funciones: Ejecutar un sistema de alertas respecto a aquellas operaciones que pretendan llevar a cabo con personas vinculadas con el terrorismo o su financiamiento o con otras actividades ilegales, las referidas en las disposiciones así como con Personas Expuestas Políticamente de conformidad con lo señalado en dichas Disposiciones…” Existen diversos esfuerzos para combatir la corrupción realizada por funcionarios públicos y gente cercana a los mismos, por lo que al menos tratándose del dinero que circula por el sector financiero y actividades económicas diferentes al mismo puede ser detectado a través de los mecanismos con los que cuentan dichas entidades en las disposiciones de la SHCP para esos fines. Los reportes que reciban las autoridades deben ser prioritarios para las mismas dando origen a procesos penales. Todo dinero o beneficio recibido de forma ilegal es un delito, pero tratándose de servidores públicos esto se agrava, pues afecta de forma directa a los ciudadanos en diferentes sentidos. ¿Qué opinas, estimado lector?   Contacto: Correo: [email protected] Twitter: @GarciaGibson Página web: García Gibson Consultores, SC   Las opiniones expresadas son sólo responsabilidad de sus autores y son completamente independientes de la postura y la línea editorial de Forbes México.

 

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