Con la separación funcional, el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) no le está ordenando a América Móvil que se separe de sus activos o los venda, aclaró Gabriel Contreras, presidente del regulador. “La separación funcional no es una desincorporación de activos, no estamos obligando (a América Móvil) a vender absolutamente nada. Lo que estamos ordenando es una medida que va abonar a la transparencia y la prestación de servicios”, explicó en entrevista para el noticiero “Ciro Gómez Leyva por la mañana”. Ayer, el regulador anunció, entre las nuevas medidas impuestas a los agentes preponderantes en telecomunicaciones y radiodifusión, que América Móvil deberá realiza una separación funcional de Telmex/Telnor para crear una empresa que prestará exclusivamente servicios mayoristas relacionados con el acceso local. Te recomendamos: Fallo del IFT contra América Móvil y Televisa ocasionaría batalla jurídica Contreras detalló que el conglomerado, del multimillonario Carlos Slim, deberá constituir una persona moral que se dedique exclusivamente a prestar mayoristas, es decir, que administre el llamado último bucle –el cable de cobre que va de la central a la casa o negocio del usuario– para dar servicio a Telmex, para que atender a sus usuarios finales, y a cualquier otro competidor. El presidente del IFT precisó que lo que se ordena es crear una nueva empresa y cumplir con ciertos requisitos mínimos, como utilizar una marca distinta, tener personal directivo distinto del que conforma actualmente el grupo, tener órganos de decisión que no sean unipersonales y que incluyan elementos independientes del propio sector, entre otros. Explicó que no se trata de “una medida novedosa” en lo que respecta a su configuración, ya que se ha realizado en otras partes del mundo, como en Reino Unido, y ha mostrado su utilidad, y que incluso ayudan a que la empresa crezca su participación de mercado y no tiene interés de pegarle a la utilidad de la compañía. Lee también: América Móvil impugnará más medidas antimonopólicas del IFT Una vez que se presenta la propuesta, para lo que el conglomerado de Carlos Slim tiene un plazo de 65 días hábiles, el IFT verificará que se cumplan dichas condiciones, y en caso de no solicitar ajustes, la empresa tendrá un par de años para implementarla. “(La nueva empresa) no tiene que estar fuera del consorcio, sigue estando bajo el control de sus dueños, lo que buscamos es una estructura corporativa que implique mover administrativamente los activos para dar transparencia al mercado y a los servicios que presta”, subrayó Contreras. El presidente del IFT defendió la resolución del Instituto y las acciones emprendidas, ya que obedecen a los objetivos marcados por la reforma en la materia que se aprobó hace tres años y que busca acabar con los monopolios en el país. “Del tamaño de la reforma es el tamaño de la medicina”, dijo. Recordó que hace tres años, y en cumplimiento de los mandatos constitucionales, se emitió regulación asimétrica a los agentes preponderantes, ante el propósito de regular a estos agentes que por su tamaño en los mercados, podrían representar un problema para poderles competir. “Nosotros en el IFT, nos autoimpusimos la obligación de revisar el impacto de esas obligaciones; es un mercado extraordinariamente dinámico y hay que estar revisando permanentemente que hay una cancha pareja para poder competir, no lo hicimos desde ahorita, lo hicimos desde el año pasado”. Lee: Televisa evaluará impacto de nuevas medidas antes de actuar El IFT también pidió a América Móvil, considerado agente preponderante en telecomunicaciones: – Trato no discriminatorio: Adiciona medidas relacionadas con la equivalencia de insumos, la replicabilidad técnica y económica respecto a la prestación de los servicios mayoristas fijo y móvil. – Replicabilidad económica: A fin de prevenir la práctica de estrechamiento de márgenes, se estableció la obligación de que las tarifas que el agente preponderante ofrece al público deban cumplir con  dicho criterio de replicabilidad. – Enlaces dedicados: Las tarifas del servicio mayorista de enlaces dedicados deberán calcularse a través de un modelo de costos incrementales de largo plazo. – Ofertas de referencia de servicios mayoristas: Se revisarán anualmente por parte del IFT y se someterán a un proceso de consulta pública. – Tarifas de servicios mayoristas fijos: Serán determinadas por el IFT a través de modelos de costos. – Servicio electrónico de gestión: Se establecen plazos para que la información de la infraestructura  y de los servicios mayoristas que requieren los competidores se encuentren disponibles en el sistema.

 

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