El Senado de la República aprobó con 99 votos a favor y cero en contra la reforma constitucional que avala la desaparición de Juntas de Conciliación y Arbitraje para trasladar juicios laborales a los juzgados del Poder Judicial, emplazamiento a huelga por firma de contrato deberá acreditar representación de trabajadores y el voto “personal”, libre y secreto para la elección de dirigentes. También se dio la incorporación de la fracción XXII BIS en el Artículo 107 constitucional de la expresión “personal, libre y secreta” de los trabajadores para el caso de solicitud de celebración de un Contratos Colectivos de Trabajo (CCT) y la elección de los dirigentes sindicales. Esta reforma avalada por los senadores modifica y adiciona el artículo 123 de la Constitución. Este dictamen que fue aprobado  será turnado a la Cámara de Diputados. Desde 2008, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que las disputas y elecciones sindicales se deben zanjar mediante voto secreto, pero las leyes respectivas no han sido reformadas, por lo que prevalece la práctica del voto abierto o a mano alzada. Hace seis meses salió a la luz que los empleadores triangulan a través de sindicatos los pagos que realizan a los trabajadores con la finalidad de evadir las obligaciones establecidas en la reforma fiscal de 2014, denunció la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon).

 

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