Aún faltan varios pasos para que estas reformas se concreten en mecanismos que combatan la corrupción, pero estos cambios buscan dotar herramientas y fortalecer a las instituciones para este objetivo.   La Cámara de Diputados aprobó el dictamen que contiene modificaciones constitucionales para formar el Sistema Nacional Anticorrupción, en un contexto en que los gobiernos federales y estatales enfrentan diversas acusaciones de corrupción y conflictos de interés. Pese a los esfuerzos que hace el gobierno de México en el combate a la corrupción, el país se encuentra muy rezagado frente a sus principales competidores económicos, como Brasil, Chile y Perú, señaló la firma Hogan Lovells en su informe Global Bribery and Corruption Review 2014. Luis Enrique Graham, socio de Hogan Lovells BSTL, resalta que esta reforma surge como una respuesta a graves hechos de corrupción ocurridos en el país y a compromisos internacionales del gobierno mexicano. “Esto explica que las fuerzas políticas estén llegando a acuerdos para crear un marco normativo para combatir efectivamente la corrupción.” Por ser reforma constitucional, ésta debe ser aprobada también por el Senado y los congresos estatales, para elaborar y aprobar las leyes secundarias. Aún faltan varios pasos para que estas reformas se concreten en mecanismos que combatan la corrupción, pero estos cambios buscan dotar de herramientas y fortalecer a las instituciones para este objetivo. Por eso te presentamos 10 cosas que debes saber sobre la Ley Anticorrupción.   1. Cómo se conforma el SNA De acuerdo con el dictamen aprobado por los diputados, el Sistema Nacional Anticorrupción (SNA) estará conformado por un Comité Coordinador, un Consejo Nacional para la Ética Pública y un Comité de Participación Ciudadana, que se coordinarán entre sí para cumplir con las políticas en materia de prevención, corrección, combate a la corrupción y promoción de la integridad pública. El Consejo estará conformado por el presidente de la República (quien lo presidirá), el ministro presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), los presidentes de las mesas directivas de cada una de las cámaras del Congreso de la Unión, los titulares de los órganos constitucionales autónomos en el ámbito federal, el auditor Superior de la Federación, el presidente del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, los titulares de los Poderes Ejecutivos de las Entidades Federativas y los integrantes del Comité de Participación Ciudadana.   2. Ampliación de facultades de la ASF La Auditoría Superior de la Federación (ASF) podrá investigar y sustanciar las faltas administrativas graves y los hechos de corrupción. Si la ASF, derivado de sus investigaciones, determina la existencia de una probable responsabilidad administrativa o penal, podría promover las acciones procedentes ante cualquier autoridad competente que imponga sanciones.   3. Auditorías en “tiempo real” Actualmente, los informes de la cuenta pública de la ASF llegan con dos años de retraso. A principios de febrero, el órgano publicó el informe de 2013, por lo que muchas de sus observaciones y recomendaciones se conocen fuera de tiempo. Con la reforma, la ampliación de poderes de la Auditoría Superior de la Federación le dará facultades para auditar “en tiempo real” e investigar y sustanciar las faltas administrativas graves y los hechos de corrupción, resalta Luis Enrique Graham.   4. Organismos con más facultades El Tribunal Federal de Justicia Administrativa contaría con autonomía para dictar sus fallos y establecer su organización, funcionamiento, procedimientos y, en su caso, recursos contra sus resoluciones. Además de la ASF, la Secretaría de la Función Pública (SFP) y el Tribunal Federal serán los responsables de auditar el uso de los recursos públicos e investigar, con las más amplias facultades, posibles actos de corrupción.   5. Titular de la SFP será ratificado por el Senado Aunque el presidente de la República puede nombrar y remover a secretarios de Estado, en el caso de la SFP, el titular propuesto tendrá que ser ratificado por el Senado.   6. Fiscalización de recursos federales La ASF podrá investigar el uso de los recursos provenientes de las participaciones federales, que son repartidos entre los estados.   7. Responsabilidades sobre funcionarios Las leyes que emanen de las reformas constitucionales determinarán los casos y las circunstancias en los que se deba sancionar penalmente por causa de enriquecimiento ilícito a los servidores públicos que, durante el tiempo de su encaro, adquieran bienes cuya procedencia no puedan justificar.   8. Sanciones a particulares Luis Enrique Graham, de BSTL, menciona que esta reforma tendrá un gran impacto sobre los particulares, pues la Constitución preverá las sanciones por faltas administrativas graves o actos de corrupción. “Por ejemplo, se impondrán sanciones económicas, inhabilitación para contratar con el gobierno o condenas al resarcimiento de daños y perjuicios ocasionados al Estado.  Además, cuando las empresas participen en hechos de corrupción, la autoridad podrá ordenar la suspensión de actividades, la intervención o la disolución”, precisa.   9. Auditores designados La Cámara de Diputados designará, por el voto de las dos terceras partes de sus miembros presentes, a los titulares de los órganos de control interno de las dependencias federales y de los organismos constitucionales autónomos a través de una terna que al efecto deberán presentar los titulares de las entidades de gobierno y organismos constitucionales autónomos.   10. Los funcionarios serán sujetos de sanción… menos el presidente Uno de los puntos más polémicos de la discusión es que el presidente de la República no podrá ser acusado por actos de corrupción o conflictos de interés. El artículo 108 constitucional establece que, durante su periodo, sólo podrá ser acusado por traición a la patria y delitos graves del orden común. El Comité Técnico de Anticorrupción y Antilavado del Instituto Mexicano de Ejecutivos de Finanzas (IMEF) señaló que esta circunstancia “deja un vacío en el sistema de transparencia y rendición de cuentas del país”.

 

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