Te presentamos ocho puntos clave de la nueva Ley para el sistema de pensiones  y ahorro de los trabajadores del Estado.   La tarde del martes 8 de diciembre, la Cámara de diputados aprobó el dictamen que modifica al Fondo Nacional de Pensiones de los Trabajadores al Servicio del Estado (PensionISSSTE) y envió al Senado para su aprobación, con 343 votos a favor, 116 en contra y 2 abstenciones. La iniciativa, propuesta por la Comisión de Hacienda y Crédito Público, busca transformar el sistema de pensiones del ISSSTE en una empresa estatal y en una Administradora de Ahorro para el Retiro (Afore) pública. Los diputados presentaron 118 reservas a la Ley para su discusión particular;  86 Morena, 17 Partido de la Revolución  Democrática (PRD),  13 de Movimiento Ciudadano, una del Partido Encuentro social (PES) y una del Partido Revolucionario Institucional (PRI).   ¿Qué cambios propone? A continuación te presentamos ocho puntos que debes conocer sobre la iniciativa de Ley del ISSSTE que aprobó el Congreso.   1. El presupuesto, bienes, derechos y obligaciones que hoy destina ISSSTE para la operación de pensiones serán el patrimonio de la nueva empresa. Hacienda y Consar determinarán el monto de reservas que conformarán el capital de la nueva entidad. Hacienda también decidirá el destino de los recursos remanentes de las reservas. 2. El consejo de administración se integrará con 13 representantes; tres de Hacienda, uno de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, tres trabajadores del Estado y seis consejeros independientes designados por el presidente. Éstos no serán considerados servidores públicos. 3. Los empleados de PENSIONISSSTE seguirán laborando en la nueva empresa sin modificar sus derechos laborales de ley. 4. La nueva entidad sustituiría todos los derechos y obligaciones del ISSSTE vinculados a pensiones. 5. El gobierno Federal no responderá por obligaciones a cargo de la nueva sociedad, ni de las minusvalías de las acciones de las Sociedades de Inversión Especializadas de Fondos para el Retiro (SIEFORE) que opere. Estas sociedades no se considerarán entidades del Estado. Sin embargo, los diputados aprobaron la reserva del PES. La modificación establece que “cuando se presenten minusvalías derivadas del incumplimiento al régimen de inversión autorizado por efectos distintos a los de la valuación o en caso de la falta de presentación de la solicitud a la que se refiere el primer párrafo del artículo 44 de la Ley de Sistemas de Ahorro para el Retiro” la nueva entidad las cubrirá con cargo a las reservas especiales , y en caso de que resulte insuficiente lo deberá hacer con cargo a su capital social. 6.La Secretaría de la Función Pública y el órgano interno no tendrán facultades en materia de control, revisión, verificación, comprobación, evaluación y vigilancia, propias de la Consar o de Banxico. Se prevé un régimen especial de control y vigilancia pues la SPF y el consejo de administración sólo tendrán facultades sobre el presupuesto, responsabilidad hacendaria, contrataciones derivadas de aquisiciones, arrendamientos, servicios del sector y obras públicas. 7. La nueva empresa cobrará comisiones según la ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro. Además contempla reinvertir el remanente de operación en las cuentas individuales. 8. La nueva sociedad no recibirá recursos presupuestales, pues cubriría sus costos administrativos con las comisiones que se cobren por el manejo de cuentas individuales.

 

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