Recuerda incluir en tus metas para 2015 la auditoría anual en prevención de lavado de dinero. Es una obligación empresarial con la autoridad.   Hemos iniciado el 2015 y muchas son las metas que nos hemos propuesto cumplir en el transcurso del año que va arrancando. Algunas de éstas son compromisos que nos hemos hecho en el plano personal para tratar de ser mejores y tal vez corregir fallas que hemos identificado, y otras que son obligaciones que existen, como las que se tienen en el plano empresarial con las distintas autoridades, entre éstas la que tiene el sector financiero de realizar la auditoría anual en prevención de lavado de dinero (PLD) durante enero y febrero de 2015 por parte de los auditores internos o externos de las entidades. En el tema de lavado de dinero, tanto en el sector financiero como en las actividades económicas, resulta fundamental ser preventivos a fin de evitar que dichos sectores pudieran ser utilizados por los delincuentes para ocultar la procedencia ilícita de los recursos obtenidos por sus actividades, así como evitar sanciones por el incumplimiento de las disposiciones aplicables. Esto último debe quedar claro, pues no es lavado de dinero el incumplimiento regulatorio per se; lo aclaro pues muchas veces se les da la misma connotación, por lo menos desde el punto de vista mediático, al incumplimiento regulatorio y a la operación de lavado de dinero y no necesariamente van de la mano en muchos de los casos. En México, estimado lector, existe la obligación a través de las disposiciones de carácter general emitidas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público relativas a la prevención de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo (PLD/FT) –por cierto, ese último delito poco conocido en cuanto su prevención en la mayoría de las entidades financieras– de realizar una revisión anual por parte del área de auditoría interna, o bien, de un auditor externo independiente, para evaluar y dictaminar de forma anual el cumplimiento de dichas disposiciones. Los resultados de las revisiones deberán ser presentados a la dirección general y al comité de la entidad, a manera de informe, a fin de evaluar la eficacia operativa de las medidas implementadas y dar seguimiento a los programas de acción correctiva que, en su caso, resulten aplicables. Este concepto resulta fundamental como proceso de escalamiento, pues sería muy poco afortunado que la alta dirección y sus consejos sean los últimos en enterarse de los incumplimientos en PLD/FT de la entidad. Continúa mencionando la disposición el que la información a que hace referencia el párrafo anterior, deberá ser conservada por la entidad durante un plazo no menor a cinco años, y remitirse a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) dentro de los 60 días naturales siguientes al cierre del ejercicio al que corresponda la revisión, en los medios electrónicos que esta última señale. Como lo hemos mencionado en colaboraciones anteriores, la CNBV está trabajando en el atinado proceso de certificación de auditores externos y oficiales de cumplimiento, concepto innovador a nivel internacional; sin embargo, mientras dicho proceso entra en funcionamiento en su totalidad en breve tiempo, las actividades de auditoría en PLD/FT para este periodo continuarán realizándose conforme a los procesos de años anteriores y para algunas entidades basándose en los lineamientos para la elaboración del informe de auditoría para evaluar el cumplimiento de las disposiciones de carácter general en materia de prevención de operaciones con recursos de procedencia ilícita y financiamiento al terrorismo. Sería acertado que las actividades económicas distintas de las financieras a las que les aplica la nueva Ley Antilavado aunque no tengan la obligación de realizar esta auditoría anual la realicen como una mejor práctica a fin de evaluar su cumplimiento con dicha Ley evitando sanciones futuras. Considero sano que, como parte de las medidas de control que implementen, tanto las entidades financieras como las actividades económicas, se realicen revisiones internas distintas de las que en su momento les practique la autoridad correspondiente, a fin de conocer su nivel de cumplimiento en temas tan importantes como las regulaciones en materia de prevención de lavado de dinero y el financiamiento al terrorismo. Séneca dijo: “Cuando se está en medio de las adversidades, ya es tarde para ser cauto.” ¿Qué opinas, estimado lector?     Contacto: Correo: [email protected] Página web: García Gibson Consultores, SC Twitter: @GarciaGibson     Las opiniones expresadas son sólo responsabilidad de sus autores y son completamente independientes de la postura y la línea editorial de Forbes México.

 

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