Notimex.- Debido a la pandemia por COVID-19, el Banco de México (Banxico) no aplicará sanciones a las instituciones de crédito que demoren más de los 20 días establecidos por ley para la entrega al instituto central de billetes y monedas presuntamente falsas. Expuso que el Banco de México se abstendrá de iniciar los procedimientos administrativos de imposición de sanciones por infracciones cometidas durante el periodo comprendido entre el 19 de marzo del 2020 y el 30 de abril de 2020, ambos inclusive, que resulten del incumplimiento por parte de las instituciones de crédito en la entrega de piezas presuntamente falsas, en el plazo de veinte días hábiles bancarios. Lee también: Ante COVID-19, CNBV flexibiliza regulación de capital de los bancos Lo anterior, con el propósito de continuar propiciando el buen funcionamiento de los sistemas de pagos y promover el sano desarrollo del sistema financiero. Tampoco sancionará a las instituciones que hayan incumplido con la disposiciones del registro del resultado de la verificación de las reclamaciones en el Sistema de Autenticación de Moneda (SAM), en el plazo de cinco días hábiles bancarios, a que se refieren los numerales II.VII.2 y II.VIII.2.4 de la Circular de Operaciones de Caja, respectivamente. “Asimismo, la publicación del resultado del análisis de dichas piezas por parte del Banco de México podrá demorar más de lo establecido en la normatividad vigente”, enfatizó en la circular 8/2020, dirigida a las instituciones de crédito.

 

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