Forbes Centroamérica en alianza con SNIP de Panamá La junta directiva del Canal de Panamá aprobó una nueva normativa en materia de concesiones, con la que espera incentivar el desarrollo de negocios logísticos relacionados con la vía interoceánica panameña.  Se trata del Reglamento No. 337 de 17 de enero de 2019. Según los proponentes y expertos, este documento se convierte en una herramienta para la dinamización y diversificación de las actividades productivas que se generan en el Canal de Panamá, y facilita el desarrollo de miles de hectáreas aledañas a la vía que tienen potencial para negocios logísticos, los cuales se podrán desarrollar  en conjunto con el sector privado. Parte de la importancia del nuevo reglamento es que Panamá evoluciona hacia la promoción de alianzas público –privadas en el desarrollo de las actividades de prestación de servicios y comerciales dentro de la Autoridad del Canal de Panamá (ACP), así lo expresó Leroy Sheffer, socio de la firma Sheffer&Paolo (Itas Law). El abogado, también Ex-Presidente del Consejo Empresarial Logístico de Panamá (COEL), quien hizo referencia a este reglamento en el marco de su presentación en la conferencia Panamá Maritime 2019, agregó que el artículo 74 de este reglamento da claros pasos hacia adelante en la diversificación de las actividades productivas que se podrían desarrollar en la zona de explotación de la actividad canalera. Sheffer explicó que bajo el título “Propuestas de Iniciativas Privada” la Junta Directiva de la ACP,  abre paso a aquellas solicitudes de terceros interesados que deseen desarrollar proyectos comerciales, industriales o de servicios en las áreas sujetas a la administración de la Autoridad, pero que no impliquen desembolsos por parte de la autoridad. Puedes leer: CAF invertirá 130 mdd para el desarrollo sostenible de América Latina “Este reglamento debe ser parte de una estrategia integral de país que ayude a fortalecer nuestra posición de liderazgo, en una región en  constante transformación y en la que el Canal de Panamá es el jugador central” agregó. Por su parte, el administrador del Canal de Panamá, Jorge Luis Quijano, afirmó a SNIP-Noticias que  el documento aprobado por la junta directiva permite que una empresa pueda acercase a la administración de la vía a presentar una propuesta de negocio y que pueda atender esa iniciativa estableciendo, claro, como se hará. Recordó que este era un elemento que el Canal tenía antes de estar en manos panameñas, pero que no se transfirió. “El nuevo reglamento de concesiones ayuda ahora a hacer acercamientos más directos con todos los que están en el sector que tienen o puedan tener un interés en desarrollar un negocio con una concesión dentro de estas áreas” dijo el jefe del Canal de Panamá. Según Quijano el reglamento permite que una empresa o empresario llegue con un idea de negocio para alguna parte de los terrenos y les proponga un plan de negocios para que se les de la concesión y el Canal pueda evaluarlo. La diferencia antes del este reglamento es que la Autoridad del Canal de Panamá (ACP)  tenía que licitarlo y poner a competir hasta a la empresa que había tenido la iniciativa sin reconocerles el derecho de propiedad de la idea. Ahora puede evaluar directamente la concesión o de ser necesario llevarlo a licitación, a la empresa que hizo la propuesta se le compensa. El procedimiento antes de este reglamento era que la ACP tenía que licitarlo y poner a competir hasta a la empresa que había tenido la iniciativa, sin reconocerle el derecho de propiedad de la idea. Ahora la ACP puede evaluar directamente la concesión o, de ser necesario, llevarla a licitación, y a la empresa que hizo la propuesta se le compensa. Igualmente este reglamento establece las condiciones mínimas que debería contener una iniciativa privada para ser evaluada por la Autoridad. Según Sheffer, en el artículo 77 indican  condiciones mínimas que deben acompañar las propuestas, tales como: “evidencia verificable de que el proponente cuenta con la capacidad financiera y técnica para desarrollar la propuesta, la ubicación propuesta, estimados de inversión, gastos operativos, expectativa de ingresos y toda aquella información que sea necesaria para la adecuada verificación y evaluación preliminar de la conveniencia y viabilidad de la propuesta”. Añadió que otro punto es que en caso de que la Autoridad haya garantizado derechos de explotación sobre una actividad bajo esta modalidad, el Reglamento garantiza un derecho de exclusividad de hasta 10 años, para otorgar nuevas concesiones a otras empresas que deseen realizar actividades similares, lo que sin duda será un atractivo en la promoción de polos de desarrollo en las áreas contiguas al Canal de Panamá y la Zona Interoceánica. “Y es que en forma mucho más ágil y ajustada a la realidad actual, sería posible poner en marcha el ambicioso Plan Maestro de Infraestructura de Transporte y Logística de Carga para la Zona Interoceánica del Canal de Panamá, el cual fuere desarrollado en el año 2017 y que buscaría a mediano plazo el desarrollo de más de 25 mil hectáreas de activos logísticos y marítimos que posee el país” dijo Sheffer. Quijano adelantó que “algo” de las primeras 55 hectáreas que desean desarrollar para la concesión de un parque logístico, a través de este reglamento, puedan desarrollarse este año, para lo cual ya están haciendo contactos. Medidas anticorrupción El nuevo reglamento, también cuenta con cláusulas o medidas anticorrupción, así lo resalta Sheffer, el documento en su artículo 13, se listan las razones por las que empresas no podrían participar en actos de licitación y/o de iniciativas privadas con la Autoridad, incluyendo dentro de la prohibición a aquellas:
  1. A)Empresas que hayan sido condenadas en Panamá o en el extranjero durante los últimos 5 años;
  2. B)Empresas que hayan realizado acuerdos de penas en Panamá o en el extranjero en los últimos 5 años;
  3. C)Empresas que estén listadas en el Banco Mundial con restricciones para contratar;
  4. D)Empresas que hayan sido inhabilitadas para contratar con el Estado y los municipios;
  5. E)Empresas que mantengan acciones judiciales que a juicio de la Junta Directiva puedan ser temerarias.
Sheffer concluyó señalando que con esta acción, la Autoridad del Canal de Panamá, se adelantó a poner en marcha acciones anti-corrupción que lamentablemente no han podido adoptarse para que rijan en el resto de la función pública.

 

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