- Vehículos nuevos o usados registrados por primera vez en la Ciudad de México.
- Vehículos de transporte público o taxis que sustituyan la unidad.
- Vehículos ya registrados pero no verificados en el segundo semestre 2017 (deberás pagar la multa por verificación extemporánea).
- Vehículos que no hayan sido verificados debido al robo de la unidad, siniestro, reparación mayor o alguna otra problemática no imputable al usuario.
- Vehículos foráneos de entidades que no cuentan con verificación vehicular obligatoria y de manera voluntaria quieran exentar algunas o todas las limitaciones a la circulación establecidas en los programas ambientales.
Constancia provisional de verificación, sólo tramítala en estos casos
Ante rumores de multas por no tener una constancia provisional de verificación vehicular, te explicamos en cuáles casos sí la requieres y en cuáles no.
A fin de implementar cambios en la verificación vehicular, el gobierno de la Ciudad de México suspendió durante el primer semestre del año este trámite, sin embargo, algunas dudas han originado la difusión de mensajes erróneos que alertan de multas.
Por medio de redes sociales y canales de comunicación como WhatsApp, los mensajes refieren supuestos operativos que multan con 1,800 pesos a los automovilistas que no porten una constancia provisional de verificación.
No obstante, dicho documento no es requerido para todos los autos. Te explicamos.
Si tu vehículo cuenta con el holograma de la verificación del segundo semestre de 2017, no requieres hacer nada por el momento y deberás verificar a partir de julio, de acuerdo con el siguiente calendario.
Sí debes tramitar una constancia provisional de verificación si estás en alguno de los siguientes casos: