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La Comisión Reguladora de Energía (CRE) aprobó este jueves el proyecto que establece la regulación de precios de venta máximos de gas LP para los usuarios finales.

En sesión extraordinaria dio luz verde a dicha regulación, esto en cumplimiento con la directriz de emergencia para el bienestar del consumidor de gas LP que emitió ayer la Secretaría de Energía (Sener) que comanda Rocío Nahle.

El proyecto que contiene la metodología para determinar los precios máximos ya se encuentra en la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (Conamer).

En tiempo récord los organismos han acelerado el proceso para topar los precios siguiendo la instrucción de una medida de emergencia de la Sener.

La metodología que se aplicará es la que se usaba hasta antes de la liberación de los precios, se observa en el documento que envió la CRE a la Conamer.

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La CRE usará las 145 regiones de precios que se ajustan a los municipios vigentes, establecidas por la Secretaría de Economía, “mismas que fueron utilizadas hasta el 31 de diciembre de 2016 en la fijación de precios máximos al usuario final”.

La justificación del regulador energético que encabeza Leopoldo Vicente Melchi es que la estructura de la oferta de gas LP a nivel nacional ha cambiado marginalmente.

No obstante, precisa que estas regiones podrán ser modificadas con base en los cambios y ajustes que se observen en el mercado de gas LP como resultado del monitoreo que realice la CRE, principalmente los que se den en el segmento de ventas al usuario final, atendiendo preferentemente al sector residencial.

Entre lo que se determina en los criterios generales se encuentra lo siguiente: cada región contará con un precio máximo aplicable a las ventas de gas LP al usuario final, la diferenciación del precio máximo será en función de los costos de venta asociados a cada región.

Los precios tope se determinarán mediante una fórmula y será la CRE quien determine los precios máximos aplicables.

Asimismo, detalla que el cálculo de los precios máximos de gas LP  al usuario fInal por región, se realizará mediante un modelo de costos, que considera ventas, inversiones, costos de operación y mantenimiento de los permisionarios, así como la logística, el margen de comercialización y uno de utilidad.

La CRE publicará los precios máximos al usuario final por medios electrónicos, cada día sábado, y el inicio de la vigencia será el día domingo hasta el día sábado siguiente, para cada una de las regiones y para cada uno de los municipios que las componen.

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Las empresas que no acaten los precios máximos establecidos podrán ser acreedoras a la revocación de su permiso.

Este acuerdo de proyecto que se encuentra en la Conamer entrará en vigencia una vez que se publique en el Diario Oficial de la Federación (DOF), pero también indica que este acto administrativo podrá ser impugnado a través del juicio de amparo indirecto.

Los objetivos específicos de la regulación son: la protección de los usuarios finales, al mitigar los incrementos de precios de gas LP, propiciar un suministro eficiente a costos asequibles, reflejar en los precios las condiciones del mercado y la obtención de un margen que permita la recuperación de costos de los comercializadores, distribuidores y expendedores para el desarrollo eficiente de la industria.

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