El historial crediticio es un reporte que recopila el comportamiento de pago o impago de las personas que solicitaron algún crédito durante su vida.

“En México existen dos Sociedades de Información Crediticia (SIC), el
Buró de Crédito y el Círculo de Crédito, que son las únicas autorizadas para monitorear nuestro historial”, de acuerdo con Coru.com, plataforma líder de comparación de servicios financieros.

Descarga gratis la edición impresa de Forbes México

Pero, ¿que pasa con las deudas de un fallecido familia de un fallecido, sobre todo aquellas asociadas a las tarjetas de crédito y préstamos?

Si bien cada banco establece un proceso diferente en caso de muerte de sus clientes, Coru.com orienta sobre los pasos generales que se deben conocer.

Cancelar las tarjetas de crédito de un fallecido:

Las instituciones financieras están obligada a cancelar una tarjeta de crédito cuando el titular fallece, además eliminan la deuda.

En el caso de las tarjetas departamentales, no necesariamente eliminan la deuda.

Un adeudo generalmente desaparece por dos razones:

1) El tarjetahabiente adquiere un seguro al momento de
contratar la tarjeta que ampara la deuda en caso de fallecimiento.

2) El banco condona la deuda en la línea de crédito cuando el titular fallece.

“En ambos casos los familiares no tienen la obligación de cubrir la deuda que había en la cuenta al momento del fallecimiento, pero sí de notificar en los siguientes 180 días el deceso del interesado”, dice Curo.com.

En dado caso que existan cargos posteriores a la defunción, sí deberán pagarse, esto aplica tanto en la tarjeta titular como en las tarjetas adicionales, explican los expertos.

“Cuando algún tarjetahabiente o deudor muere, el banco o financiera emite un aviso al Buró de Crédito, y éste, a su vez, pone una ‘clave de observación’ en el registro de esa persona para que no se haga mal uso de la información, por ejemplo, en el caso de suplantación de identidad“, dice Curo.com.

Deudas de muertos a sobrevivientes:

En el caso de créditos mancomunados con aval, obligado solidario, crédito de grupo o similar, el adeudo aparecerá del historial crediticio de todos los que son co-dueños y corresponsables del pago, dijo a Wolfgang Erhardt Varela, vocero del Buró de Crédito.

Esto significa que cuando alguien muere, y era un mal pagador, el historial negativo se verá reflejado en todos los co-dueños de ese crédito.

“Por otro lado, si el crédito que tuvo la persona en vida es de un bien que se puede heredar, el contrato del crédito sí puede afectar, para bien o mal, al heredero”, asegura Curo.com.

De acuerdo con los especialistas, la principal recomendación es conocer de antemano los contratos en el apartado de seguros por muerte, también llamados de Liberación de saldos por fallecimiento, Régimen del saldo por fallecimiento, Seguros sobre saldos o Liberación de saldo insoluto.

“Además, en caso de haberse vuelto a casar y/o cambiar de beneficiarios legales, es necesario actualizar los datos en bancos y entidades crediticias correspondientes”, dice el documento.

Te recomendamos: Buró de crédito alerta sobre páginas falsas y robo de datos

 

Siguientes artículos

IP y legisladores analizarán la iniciativa de Ley de Infraestructura de la Calidad
Por

La propuesta ley tiene imprecisiones como las referencias a un reglamento que se emitirá hasta dentro de dos años.