A partir del 1 de junio iniciará un retorno escalonado a las actividades económicas del país y todos los centros laborales, sin importar al sector que pertenezcan, estarán obligados a integrar un protocolo de seguridad e higiene para evitar brotes de contagio por Covid-19 en esos espacios. 

Ayer, la Secretaría de Economía presentó los lineamientos técnicos de seguridad sanitaria en el entorno laboral que busca orientar a los centros de trabajo que iniciarán actividades en el marco de la estrategia de la “nueva normalidad”. 

El documento aclara que la apertura de actividades económicas dependerá del sistema de semáforo de alerta sanitaria semanal que se medirá por regiones y arrancará a partir del 1 de junio. 

Sin embargo, los lineamientos se tendrán que integrar en todos los centros de trabajo sin importar la fecha en que se les autorice llevar a cabo sus actividades “normales”. 

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Dichas reglas están divididas en cuatro categorías: sana distancia, control del ingreso y egresos de trabajadores, las medidas de prevención de contagios en la empresa y el uso de equipo de protección personal. 

Para mantener las medidas de sana distancia el documento advierte que se deberán de respetar dos pilares fundamentales: que los trabajadores que tengan síntomas de enfermedad respiratoria permanezca en casa y el segundo, modificar hábitos para permitir que haya una distancia mínima de 1.5 metros entre los trabajadores. 

En ese sentido establece que se debería evitar el hacinamiento en espacios y garantizar la disponibilidad permanente de jabón, papel higiénico, gel con base de alcohol y toallas desechables para el secado de manos. 

Asimismo solicita establecer horarios alternados de comidas, baños y actividades cotidianas para reducir el contacto entre personas, así como incrementar el número de vehículos destinaros al transporte de personal para reducir el hacinamiento. 

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Para los controles de ingreso y egreso de los empleados, se ordena establecer un filtro para identificar a personas con signos de enfermedades respiratorias o temperatura corporal mayor a 37.5 grados centígrados, en caso de detentar empleados con estos síntomas se deberá contar con  un área de estancia y aislamiento, dotarlas de un cubrebocas y remitirlas al domicilio particular o servicios médicos. 

Proporcionar solución gel base alcohol al 70% para el lavado de manos y verificar el uso apropiado de cubrebocas, colocar tapetes desinfectantes con con concentraciones de hipoclorito de sodio de al menos 0.5%, asegurando que los mismos se encuentren limpios y con líquido desinfectante, así como establecer zonas de entrada y salidas exclusivas del personal. 

Para prevenir contagios en las empresas, el documento publicado por la Secretaría de Economía solicita contar con equipamiento como dispensadores con soluciones a base de alcohol en gel, productos sanitarios y de equipo de protección personal a los trabajadores como cubrebocas, lentes protectores y caretas y depósitos de productos desechables. 

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También solicita establecer un programa de limpieza y mantenimiento permanente, promover que las personas trabajadoras no compartan herramientas de trabajo y objetos personales; asimismo favorecer la ventilación natural en espacios comunes o de mayor concentración de personal. 

Los centros de trabajo también deberán señalizar en áreas comunes con marcas en el piso, paredes y mobiliario recordando la distancia mínima de 1.5 metros entre personas; además de establecer una “política para el uso de las escaleras” para mantener la distancia entre empleados y evitar que toquen superficies como barandales de tránsito. 

Respecto al uso de equipo de protección personal, el documento señala que los empleadores están obligados a distribuir cubrebocas, de preferencia lavables, y protectores faciales a las personas que trabajan en atención al publico. 

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