El notario debe identificar a las partes que están celebrando la operación, las características del inmueble, el monto de la operación, la forma de pago (efectivo, cheque, transferencia)  y en caso de que el valor de la propiedad sea igual o superior a 1.075 millones de pesos, deberá dar el respectivo aviso al SAT.     Por Eduardo de la Canal R.*     Por definición, un notario público es la persona cuya labor es dar fe de los actos jurídicos que ante él se celebran. La mayoría de las personas creen que un notario solamente se dedica a hacer testamentos o escrituras de inmuebles, pero lo cierto es que las funciones de un notario son muy variadas, por ejemplo es el encargado de la constitución de empresas,  fideicomisos, otorgamiento de poderes, sucesiones testamentarias, donaciones, dar fe de hechos, por mencionar algunas. En nuestro país la figura del notario público es muy respetada ya que es la persona que bajo nuestro régimen jurídico, es el encargado de autenticar y verificar que los actos y hechos jurídicos celebrados entre personas, cumplan con lo establecido en la ley por lo que su trabajo nos da seguridad y certeza jurídica. Un notario es un abogado que el estado le ha conferido  la facultad de dar fe pública, sin embargo es totalmente independiente y autónomo por lo que no está sometido  al estado, de ahí la posibilidad de actuar libremente y con total imparcialidad. Un notario no puede ocupar puestos como funcionario público, u otros puestos privados, ni tampoco, bajo ciertas circunstancias, puede atender a sus propios familiares pues podría estar impedido de garantizar la imparcialidad y la equidad de los actos jurídicos que le hubieren confiado. Se tiene la vieja creencia de que un notario puede heredar su notaria, lo cual es falso. Para ser notario en nuestro país se requiere entre otras cosas, haber cursado la carrera de licenciatura en derecho y presentar exámenes de oposición que son muy difíciles de aprobar, por lo que al tratar con un notario, podemos estar seguros y tranquilos de que estamos frente a una persona muy capaz y profesional que nos podrá ayudar a resolver diferentes aspectos jurídicos que se nos llegaran a presentar. Hoy más que nunca la ayuda de un notario nos dará más seguridad cuando entramos en el tema de la Ley para la Identificación y Prevención de Operaciones de Procedencia Ilícita popularmente llamada Ley Anti lavado, pues resulta que los notarios a partir de este año, están obligados a dar un aviso al SAT cuando una operación de compraventa de algún inmueble se lleve a cabo por conducto de su notaria. El notario deberá identificar a las partes que están celebrando la operación (comprador y vendedor), las características del inmueble, su ubicación, el monto de la operación, la forma de pago (efectivo, cheque, transferencia)  y en caso de que el valor de la propiedad sea igual o superior a 16,000 veces el salario mínimo para el D.F. (1.075 millones de pesos aprox.) el notario deberá dar el respectivo aviso al SAT. Esta misma ley establece también la prohibición de pagar en efectivo y hasta ciertos montos específicos, ya sea en moneda nacional o en cualquier otra divisa, el precio de determinados bienes tales como vehículos nuevos o usados de cualquier clase, relojes, joyería, piedras preciosas, obras de arte, boletos de apuestas. Por ejemplo en la compraventa de inmuebles, está prohibido pagar en efectivo cantidades superiores a 8,025 veces el salario mínimo en el D.F. ($535,000 aprox.) ya sea para cubrir el precio total o parcial del inmueble (anticipos o enganches). Si el inmueble tuviera un precio mayor de $535,000.00 el comprador tendrá que pagar la diferencia con cheque o con transferencia bancaria. Si por el contrario el precio del inmueble fuera menor a $535,000.00 el comprador lo puede pagar en efectivo y el notario no está obligado en presentar el aviso al SAT. Con estas acciones se pretende evitar el lavado de dinero en la compraventa de bienes muebles o inmuebles como ya ha pasado en muchas ocasiones anteriormente y ahora el notario público tiene una participación muy importante para evitar las transacciones ilícitas. *Eduardo de la Canal R. es consultor de operaciones en Coldwell Banker Mexico   Contacto  Contacto: Facebook: www.facebook.com/coldwellmexico Twitter: @coldwellmexico www.coldwellbanker.com.mx   *Las opiniones expresadas son sólo responsabilidad de sus autores y son completamente independientes de la postura y la línea editorial de Forbes México.

 

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