Fallo de la SCJN debilita al regulador de las telecomunicaciones
De acuerdo con Mediatelecom Policy & Law, la decisión vulnera la autonomía del IFT para regular de forma asimétrica y resolver en materia de interconexión.
El fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) a favor de América Móvil y Telcel, sobre los nueve amparos que interpuso en contra del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) y las modificaciones a la ley federal en la materia, entre ellos el referente a las tarifas de interconexión, lástima la autonomía del ente regulador y reduce sus facultades ante el agente preponderante.
La Reforma de Telecomunicaciones estableció la llamada tarifa de interconexión cero, que es una prohibición legal que impedía a América Móvil cobrar a sus competidores por la terminación de llamadas en su red, pero éste sí tendría que pagar a sus rivales. En el caso de que los jugadores no se pusieran de acuerdo para establecer estos costos, el IFT estaba facultado para establecerlos o fijarlos.
Con la resolución de la Suprema Corte esto queda atrás. El alegato de la firma controlada por el millonario Carlos Slim mencionó que el IFT interpretó indebidamente los periodos y los precios al fijar las tarifas de interconexión, por lo que ahora deberá de plantear nuevas tarifas en la que los no preponderantes pagarían una diferencia a Telcel.
Las empresas afectadas por dichos amparos son Alestra y su filial G Tel; Cablecom, Convergia de México, Maxcom Telecomunicaciones, NII Digital –ahora perteneciente a AT&T–-, Servnet de México y Wi-Coin.
De acuerdo con una reporte de Mediatelecom Policy & Law, esta decisión vulnera la autonomía del IFT para regular de forma asimétrica y resolver en materia de interconexión, ya que considera que “la llamada tarifa cero carece de fundamento técnico y económico, es poco transparente y discrecional, todo lo cual afecta principios internacionales de regulación eficiente como certeza jurídica, necesidad, predictibilidad regulatoria, proporcionalidad de las medidas, mínima distorsión, eficacia y transparencia en las resoluciones”.
Si la SCJN hubiera decidido en sentido contrario, agrega la consultoría, se hubiera restaurado la autonomía técnica y regulatoria del IFT, así como sus atribuciones constitucionales y legales de regular de forma asimétrica y resolver sobre tarifas de interconexión, para promover la sana competencia en el mercado.
Asimismo, con el fallo Telcel y Telmex tienen derecho a recuperar tarifas de interconexión que pagaron en exceso a sus competidores durante 2015, cifra que podría ascender a 300 millones de pesos.