Uno de los argumentos que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación utilizó para desechar la sanción impuesta a Sicre, Yépiz, Celaya y Asociados por difundir noticias falseadas en contra de la figura de Ricardo Anaya es que una parte de lo difundido no era falso, eran noticias reales. Y esto es cierto a todas luces, ya que los materiales pautados para aparecer en los resultados de motores de búsqueda y en redes sociales correspondían a una serie de noticias que seguían el proceso que se le imputaba por el supuesto de lavado de dinero y, por otro lado, por un video donde elogiaba a su contrincante político, José Antonio Meade. El TEPJF anuló la sentencia en contra de la empresa porque no estaba difundiendo noticias falseadas, eran reales y, además, consideraba que la población podía visitar otras páginas de Internet para corroborar la información y formar su propio juicio. Por tanto, si bien se había realizado una inversión para colocar dichas noticias en tendencia digital, se consideraba que no se estaba violentado el proceso electoral, puesto que había sitios que tenían información opuesta o bien se podía consultar la página oficial del entonces candidato. Sin embargo, dentro de sus consideraciones, el TEPJF omitió un principio básico sobre el que gira prácticamente toda la actividad en la red. Se trata de los filtros burbuja, concepto definido por el activista Eli Praiser, y que explica el cómo los algoritmos de distribución de los motores de búsqueda y las redes sociales pueden crear una serie de filtros que impiden que toda la información llegue a los usuarios y se muestren sólo los resultados que pueden ser más relevantes para ellos, lo que en algún momento puede ser peligroso para el activismo y la crítica política, ya que dejarían de recibir información diversa y sólo aquella que coincidiera con su forma de pensar. Tal circunstancia mostraría que la forma de pensar de un individuo sería la más importante y prácticamente la única valedera. Así, se recopila información sobre los hábitos de navegación de los usuarios, los contenidos con los que interactúan, la geolocalización, el historial de navegación entre otros para ofrecer a los usuarios una serie de resultados y contenidos que sean mucho más cercanos e interesantes para su propio perfil. No obstante, esta misma información es el principio sobre el que se funda la publicidad en Internet: se utilizan la información recopilada para mostrar anuncios interesantes para los usuarios. De hecho, Mark Zuckerberg recién publicó una entrada donde explica cómo funciona este modelo de negocios, negando que la información sea proporcionada a terceros. A estas alturas, el que compartan a terceros o no la información recopilada, resulta irrelevante, puesto que la arquitectura del modelo de publicidad digital permite hacer campañas casi de manera anónima y automatizada a través de sus plataformas. Por ello, a través de las estrategias de distribución de contenidos digitales y con la inversión suficiente, se puede lograr que una serie de noticias se muestren a un segmento de la sociedad, como primicia e incluso como contenido único, desplazando u ocultando a otras. Esta acción durante procesos electorales podría ser contraria al derecho a recibir información de los candidatos, ya que, aunque sea verdadera, podría existir coacción al limitar a una sola versión de los hechos las noticias proporcionadas. En otras palabras, se puede mentir, creando una burbuja de verdad. Por ello, la urgencia de legislar la distribución de noticias particularmente en procesos electorales, ya que pueden ser contrarios a los principios de acceso a la información que tienen los electores.   Contacto: Correo: [email protected] Twitter: @sincreatividad Las opiniones expresadas son sólo responsabilidad de sus autores y son completamente independientes de la postura y la línea editorial de Forbes México.

 

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