- Los contribuyentes únicamente podrán optar por compensar las cantidades que tengan a su favor contra las que estén obligadas a pagar por adeudo propio, siempre que ambas deriven de un mismo impuesto, incluyendo sus accesorios.
- Tratándose del IVA, cuando en la declaración de pago resulte saldo a favor, el contribuyente únicamente podrá acreditarlo contra el impuesto a su cargo que le corresponda en los meses siguientes hasta agotarlo o solicitar su devolución.
- Un impacto negativo para las empresas, particularmente del sector primario e industria de exportación.
Impacto que tendrá la reforma fiscal de este año
El proyecto de la reforma se inclina a un sistema de prevención con un plan de austeridad y anticorrupción, el objetivo de querer manejar un equilibrio de las finanzas públicas.
Por Graciela Nichols Martínez*
El primero de enero del presente año entró en vigor adecuaciones a la Ley de Ingresos de la federación para el ejercicio fiscal por parte del Congreso de la Unión, las cuales se enfocan a la mejora de las Finanzas públicas del país.
El ajuste del cual se describe, con respecto a las empresas que llevaban de forma transparente su planeación fiscal llevarán el peso por los delitos cometidos de “Las Empresas Fantasmas”, por uno la llevan todos es así como se define a la cancelación del Compensación Universal, con esto se previene que disminuya la defraudación fiscal. El proyecto de la reforma se inclina a un sistema de prevención con un plan de austeridad y anticorrupción, el objetivo de querer manejar un equilibrio de las finanzas públicas.
En esta Ley que restringe los derechos de los contribuyentes a restar cantidades a favor en un determinado impuesto federal de las cantidades que deben de pagar por adeudos propios o por retención a los terceros, administrados por autoridades diferentes e impuestos que tengan un destino específico compensación universal.
¿Cuál sería su resultado de lo anterior?