La Junta General Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó la declaratoria de pérdida de registro de los partidos Nueva Alianza (Panal) y Encuentro Social (PES) en virtud de no haber obtenido por lo menos el 3% de la votación válida emitida en alguna de las elecciones federales del 1 de julio.

En sesión extraordinaria, el director ejecutivo de Prerrogativas y Partidos Políticos del INE, Patricio Ballados, explicó que luego de contar con el cómputo total y con las resoluciones de impugnación del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), ninguno de los dos partidos alcanzó el umbral mínimo establecido en la ley.

A su vez, el presidente del INE, Lorenzo Córdova, subrayó que la decisión no está sujeta a interpretaciones del marco jurídico.

“Las cifras son claras, en ninguna de todas las elecciones –presidente de la República, diputados de mayoría relativa, diputados de representación proporcional, senadores de mayoría relativa, senadores de representación proporcional–, el Partido Encuentro Social y el Partido Nueva Alianza en ninguna de estas elecciones alcanzaron el 3% de la votación y, por lo tanto, se activa el supuesto establecido en el artículo 44 y 48 de la LEGIPE (Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales), así como, el 94 de la Ley General de Partidos Políticos”, agregó.

Córdova precisó que la resolución contempla que en las próximas 72 horas, tanto el Panal como el PES puedan presentar los alegatos o elementos que estimen pertinentes.

Lo presentado, agregó, será valorado para poder sesionar en una segunda ocasión como Junta General Ejecutiva y presentar la resolución definitiva en la próxima sesión del Consejo General del INE.

Como todas las decisiones del INE, los partidos podrán impugnar ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación la medida, indicó Córdova.

 

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