Cablevisión, Cablemás y otras compañías interpusieron juicios de amparo por la resolución del regulador que impide contratar eventos en exclusiva a Televisa.   Un juzgado especializado en materia de competencia y telecomunicaciones determinó sobreseer (poner fin al juicio sin determinar si el acto reclamado es o no contrario a la Constitución) los juicios de amparo promovidos por varias empresas de televisión por cable contra la resolución del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) de prohibir a Televisa, declarado agente preponderante, transmitir en exclusiva diversos eventos considerados de interés público. En un comunicado emitido por el Consejo de la Judicatura Federal, indica que Cablevisión, Cablemás y otras compañías locales de televisión por cable promovieron diversos juicios de amparo, alegando que la resolución de preponderancia a Televisa es violatoria del derecho fundamental de audiencia, consagrado en el artículo 14 constitucional, pues el IFT les prohibió contratar en exclusiva contenidos audiovisuales relevantes, sin haber sido llamadas a juicio para defender su derecho. Pero el Juzgado Primero de Distrito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, con residencia en el Distrito Federal determinó sobreseer los juicios al considerar que el acto reclamado “no existe una afectación inmediata a los derechos de las promoventes que se hubiera generado con su sola emisión, sino que, en su caso, se requería de un evento posterior que materializara su aplicación para que incidiera de manera negativa en su esfera jurídica”. El pasado 30 de mayo, el IFT determinó que los agentes denominados preponderantes, en este caso Televisa, de Emilio Azcárraga, y Grupo Carso, de Carlos Slim, no podrán contratar derechos de transmisión en exclusiva de eventos deportivos.

 

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