El exgobernador Rodrigo Medina de la Cruz obtuvo un nuevo amparo en contra de la vinculación a proceso, luego de que el Juzgado Quinto de Distrito en Materia Penal en el Estado de Nuevo León le concedió una nueva protección judicial, para que el juez de control deje insubsistente la resolución dictada en la audiencia de 9 de agosto de 2016 en la que lo vinculó a proceso por el delito de ejercicio indebido de funciones públicas. Además, estableció una cita para una nueva audiencia a fin de subsanar los vicios formales en los que incurrió el impartidor de justicia, señaló a través de un comunicado, y no dejar al exmandatario estatal en una situación de indefensión. El documento señala que el juzgador federal fue genérico al realizar un análisis respecto a los ilícitos que le fueron imputados a Medina de la Cruz -peculado, contra el patrimonio del estado y ejercicio indebido de funciones públicas-, en los que el juez de control omitió señalar que cada conducta tiene características específicas establecidas en la ley y no indicó de manera singular con qué datos de prueba se acreditaba cada una de éstas. Asimismo, hace mención que en la audiencia del 9 de agosto de 2016, el juez de control resolvió la no vinculación a proceso por los delitos de peculado y contra el patrimonio del estado, al considerar que no había elementos suficientes apuntaran que el ex gobernador los hubiera cometido o participado en ellos. Lee: Exgobernador Medina pasó menos de 24 horas en la cárcel “Es decir, debió relacionar cada hecho o hechos con la conducta imputada, no desde un punto de vista técnico pero sí conceptual, a fin de estar en condiciones de corroborar si están o no justificados los elementos esenciales y comunes de las conductas ilícitas. Ponderó los datos de prueba de forma individual y luego en conjunto, para concluir con la justificación de todas las conductas imputadas”. Esto generó un estado de indefensión al exmandatario estatal y vulneró las garantías que le asisten al solicitante del amparo. En su resolución, la autoridad jurisdiccional subraya que ante los vicios formales por parte del juez de control, no es posible pronunciarse respecto del fondo y la participación de Rodrigo Medina en la comisión del delito. La madrugada del pasado 26 de enero el exgobernador fue ingresado al penal de Topo Chico, luego de que un juez de control aprobara la prisión preventiva en contra de Medina de la Cruz ante la posibilidad de que tratara de evadir la justicia; sin embargo, ese mismo día salió de la cárcel luego de que una juez federal revocará la medida. Lee también: Jueces con corazón priista defienden a Rodrigo Medina: El Bronco La juez Beatriz Joaquina Jaimes Ramos consideró que esa medida violó una suspensión provisional, además de que el delito que se le atribuye no es considerado grave, ni amerita prisión preventiva oficiosa, además de que la causa se sigue bajo el nuevo sistema de justicia penal de corte acusatorio y oral. Medina fue vinculado a proceso por robo al erario público y daño contra el patrimonio del estado, así como a la prisión preventiva como medida cautelar, en la audiencia realizada el 25 de enero y que se extendió por 18 horas, y en la que estuvo presente el exgobernador neoleonés. Esto luego de que se determinara la existencia de un probable daño contra el patrimonio estatal aproximado a los 3,128 millones de pesos y que al considerar que las penas de hasta 12 años de prisión “y la falta de arraigo en Nuevo León” de Medina de la Cruz podrían provocar que intentara evadir la justicia.

 

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