Esta resolución deriva de una denuncia que presentó Telmex en enero de 2009 contra Movistar, por prácticas anticompetitivas en materia de portabilidad.   El Juzgado Primero de Distrito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones negó un juicio de amparo a Teléfonos de México (Telmex) en contra de una resolución que benefició a Grupo de Telecomunicaciones Mexicanas (GTM), también conocido como Movistar. Esta resolución deriva de una denuncia que presentó Telmex en enero de 2009 contra GTM, por la probable comisión de prácticas anticompetitivas en materia de portabilidad, ya que no proporcionaba a los suscriptores de servicio de prepago –Movistar en su Casa- un contrato que, según la empresa de Carlos Slim, violaba el derecho del consumidor a portar su número telefónico, e impedía la “sana competencia” en los servicios de telecomunicaciones. Sin embargo, la extinta Comisión Federal de Telecomunicaciones (Cofetel) determinó en marzo de 2009 que no existían elementos suficientes para determinar que Movistar había incurrido en prácticas anticompetitivas, por lo que Telmex promovió un amparo directo que derivó en que la Cofetel retomará el caso y se pronunciara con elementos suficientes para determinar las prácticas en contra de la competencia. El 4 de marzo de 2014, el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) determinó que GTM no incurrió en las prácticas denunciadas por Telmex. “Al resolver el juicio de amparo, el órgano jurisdiccional determinó, por un lado, sobreseer por inexistencia del acto reclamado atribuido al Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones; y por el otro, negar el amparo solicitado en contra de la resolución reclamada, pues contrariamente a lo estimado por la quejosa, en el acto reclamado la autoridad responsable invocó las disposiciones legales aplicables en materia de telecomunicaciones, que la facultan para emitirlo, aunado que de un comparativo entre los escritos de denuncia y la resolución reclamada, se advierte que la autoridad responsable sí se pronunció en relación con la totalidad de los argumentos planteados por Telmex, sin que al efecto, se hayan combatido de manera directa los argumentos expuestos en dicho acto reclamado, y que constituyen la base del razonamiento jurídico de la responsable”, informó el Consejo de la Judicatura Federal (CJF) a través de un comunicado.

 

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