Formamos parte de un entorno en que impera la inmediatez. El uso de la tecnología nos acerca a asombrosas herramientas de búsqueda que en otro momento hubieran sido imposibles.   Por Federico de Noriega Olea y Luis Guillermo González Frankenberger Sebastião Salgado, fotógrafo brasileño, dice que “vivimos en un mundo que recibe la información de forma inmediata, un mundo mucho más sensible y a la vez más duro, un mundo de reacciones muy rápidas”, y es cierto. Hoy, la tecnología permea en todos los ámbitos de nuestra vida. Un claro ejemplo es el Acuerdo a través del cual se establece la creación del Sistema Electrónico de Publicaciones de Sociedades Mercantiles, que implica la modernización de los diarios oficiales en México, ya que servirá como un medio en el que las sociedades mercantiles podrán publicar diferentes anuncios. El Acuerdo deriva de diversas modificaciones a leyes mercantiles publicadas el 13 de junio de 2014 en el Diario Oficial de la Federación (la “reforma”). Con la publicación del Acuerdo se crea el sistema para las publicaciones en materia mercantil, tales como convocatorias para asambleas, estados financieros, incrementos o disminuciones de capital, fusiones, escisiones, entre otras. El Acuerdo entró en vigor el 15 de junio de 2015, y entre los principales temas que incluye se consideran los siguientes: 1. El Acuerdo estableció el Sistema Electrónico de Publicaciones de Sociedades Mercantiles (PSM) y las disposiciones que determinan las características y requisitos bajo los cuales operará, a efecto de que las sociedades mercantiles puedan realizar las publicaciones que establezcan las leyes mercantiles. Cualquier persona puede realizar consultas en el PSM. 2. Conforme al Acuerdo, entre las publicaciones que se pueden hacer a través del PSM se encuentran las relativas a:
  • Incrementos o disminuciones de capital social de sociedades mercantiles conforme a las disposiciones de la Ley General de Sociedades Mercantiles.
  • El o los avisos sobre emisión de acciones con motivo de aumentos de capital para los efectos de derecho de preferencia de accionistas en sociedades anónimas.
  • Publicación de informes anuales (estados financieros, notas y dictamen) de sociedades anónimas.
  • Convocatoria para asambleas generales de sociedades anónimas.
  • Acuerdos de fusión de sociedades mercantiles.
  • Acuerdos de transformación de sociedades mercantiles.
  • Resoluciones de escisiones de sociedades mercantiles.
  • Acuerdos sobre distribución parcial de haber social con motivo de liquidación de sociedades mercantiles.
  • Balances de liquidación de sociedades anónimas y en comandita por acciones.
3. Las operaciones que se pueden realizar a través del PSM son publicaciones y rectificaciones. Las personas que pueden hacer dichas operaciones mediante el uso de su firma electrónica avanzada (FIEL) son:
  • El representante legal de la persona moral.
  • Los usuarios que autorice el representante legal de la persona moral.
  • Los servidores públicos de la Secretaría.
(Las personas mencionadas son responsables de la existencia y veracidad de la información que publican; por lo que responderán por los daños y perjuicios que se pudieran originar.) 4. Toda la información que se publique en el PSM será considerada como mensaje de datos conforme a los términos del artículo 89 del Código de Comercio (relativo al comercio electrónico). 5. Para la acreditación de las personas morales, el representante legal debe, además de contar con su firma electrónica avanzada, proporcionar la información requerida para registrar a la sociedad que requiera llevar a cabo publicaciones mercantiles. Un representante legal podrá registrar a varias sociedades distintas. 6. La autoridad encargada de vigilar, administrar, operar, capacitar y demás actividades que resulten necesarias para el debido funcionamiento del PSM es la Dirección General de Normatividad Mercantil de la Secretaría de Economía.
Federico de Noriega Olea y Luis Guillermo González Frankenberger son socios de Hogan Lovells BSTL.   Contacto: Twitter: @HoganLovellsMX Página web: Hogan Lovells   Las opiniones expresadas son sólo responsabilidad de sus autores y son completamente independientes de la postura y la línea editorial de Forbes México.

 

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