La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró la invalidez de una resolución emitida por la Comisión Reguladora de Energía (CRE), la cual negó una solicitud de participación cruzada en el sector energético. La CRE sustentó dicha negativa en la existencia de información adicional.

“En la Controversia Constitucional, la Cofece cuestionó que la CRE se apropia indebidamente de atribuciones que corresponden a dicho órgano constitucional autónomo en materia de libre competencia y concurrencia en el mercado mexicano, dado que, ante la existencia de nuevos elementos en el respectivo procedimiento, era necesario solicitar a la Cofece una nueva opinión”, puntualizó la SCJN a través de un comunicado.

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SCJN invalida resolución de la CRE por invadir atribuciones de la Cofece

El segundo párrafo del artículo 83 de la Ley de Hidrocarburos (“LH”) está diseñado para conceder a la Cofece una participación que permita el ejercicio de las facultades que le confiere la Carta Magna en su artículo 28, párrafo décimo cuarto.

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