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La despenalización del aborto en México es uno de los temas más controversiales de la sociedad actual. Por una parte, existen quienes consideran que la interrupción del embarazo es un problema de salud pública y como tal, debe poder realizarse de manera segura y libre. Por el otro, se apela a que se trata de una acción no ética que rebasa la moral e integridad de quienes deciden practicarlo.

A pesar de la diferencia ideológica, la realidad es que se trata de un problema que forma parte del día a día de millones de mujeres alrededor del mundo.

En nuestro país, la Ciudad de México y Oaxaca son las únicas entidades donde las mujeres pueden abortar hasta las 12 semanas de gestación de manera legal sin importar la causa, pero en otros lugares el camino a la despenalización es más estrecho y existen leyes a nivel estatal que se relacionan con la interrupción del embarazo.

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Es importante considerar que el aborto en México es legal cuando se da por ciertas circunstancias contempladas en la ley. Estas circunstancias se conocen como causales, y cada estado del país determina cuáles de ellas acepta. En total, México tiene 8 causales por las que se puede abortar sin que sea considerado un delito:

  • Cuando el embarazo es producto de una violación (en los 32 estados)
  • Cuando la continuación del embarazo afecta la salud de la mujer
  • Cuando el embarazo pone en riesgo la vida de la mujer
  • Si el producto presenta alguna malformación congénita grave
  • Si el embarazo es producto de una inseminación artificial en contra de la voluntad de la mujer
  • Si el aborto fue provocado de manera imprudencial, es decir, por accidente
  • Cuando la economía precaria de la mujer se agrava al continuar el embarazo
  • Por libre decisión de la mujer

Estados donde el aborto es legal

En abril de 2007 la Asamblea Legislativa del Distrito Federal despenalizó el aborto inducido en la CDMX, lo que permitió que muchas mujeres de otros estados, incluso de otros países, acudan a la capital del país para interrumpir sus embarazos, de manera segura y legal, sin caer en la clandestinidad.

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En la cuenta pública de la CDMX de 2017, se refiere que en ese año se llevaron a cabo 4,444 Interrupciones legales de Embarazo (ILE).

Por su parte, Oaxaca despenalizó la interrupción del embarazo en octubre de 2019. Apenas el año pasado, el congreso local reformó los artículos 312, 313, 315 y 316 del Código penal estatal, aceptando que las mujeres puedan realizar un aborto legal con hasta las 12 semanas de gestación.

El aborto en otros estados…

Existen entidades en las que se aprobó una reforma constitucional para proteger la vida desde el momento de la “concepción”, sin embargo, las causales específicas de cada estado siguen vigentes y permiten el aborto legal provocado en esas circunstancias, como es el caso de Baja California, Chiapas, Chihuahua, Colima, Durango, Guanajuato, Jalisco, Nayarit, Oaxaca, Puebla, Querétaro, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sonora, Tamaulipas y Yucatán.

En estados como Michoacán, Tlaxcala, Colima, Baja California Sur y Yucatán se toman en cuenta al menos seis causales que permiten el aborto no penalizado, empezando con la violación, que exista peligro para la vida de la mujer, que el embarazo pueda provocar daños a la mujer, que existan malformaciones genéticas graves, que el aborto sea imprudencial, por inseminación artificial no consentida, o por razones económicas, en el caso michoacano.

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En cuanto a la cantidad de causales para abortar de manera segura y legal, después están Morelos, Veracruz, Hidalgo y Guerrero con cinco.

Le siguen Puebla, el Estado de México, Nayarit, Tamaulipas, Baja California, Chihuahua, Coahuila, San Luis Potosí, Quintana Roo, Zacatecas y Jalisco, con cuatro; seguidos de Chiapas, Sinaloa, Sonora, Durango, Nuevo León, Aguascalientes, Campeche y Tabasco, que toman en cuenta tres causales.

En el caso específico de Querétaro y Guanajuato, solo se justifica penalmente el aborto por dos causas: cuando el embarazo fue por una violación, o si la interrupción fue por una imprudencia culposa.

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En el primer estado, en el Artículo 138, se menciona que “a la mujer que se procure el aborto o consienta en que otro la haga abortar”, se le aplicarán de uno a tres años de prisión, aunque en el Artículo 139 habla de una serie de atenuantes, que reduce la pena.

Por su parte, en Guanajuato, en el Artículo 159 se menciona que “a la mujer que provoque o consienta su aborto, se le impondrá de seis meses a tres años de prisión y de cinco a treinta días multa”.

Otros estados, como San Luis Potosí y Tabasco, exigen una “comprobación de los hechos” de un abuso sexual para poder llevar a cabo un aborto de manera legal.

Contraste latinoamericano del aborto…

A nivel América Latina, los únicos lugares en los que la práctica del aborto es legal, sin importar la razón por la que la mujer decidió realizarlo, son Cuba, Uruguay, Guyana, Guyana Francesa y Puerto Rico, según un artículo de Animal Político.

La Secretaría de Salud de la Ciudad de México informó que desde el 2007 hasta abril del 2017 se atendieron a 194 mil 153 mujeres para la interrupción legal del embarazo en los diferentes centro de atención clínica de la Secretaría de Salud, y el 97.66% de las mujeres que fueron atendidas son de la Capital y de los estados cercanos como: el Estado de México, Puebla, Morelos, Hidalgo y Querétaro.

 

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