Las disposiciones de la Circular de Servicios de Inversión ayudarán a que los intermediarios del sector financiero proporcionen asesoría a sus clientes de acuerdo con su perfil de inversión.     Desde septiembre de 2013, los intermediarios financieros que operan en el país han empezado a adoptar la Circular de Servicios de Inversión (antes conocida como prácticas de venta), un marco normativo que aplica a las casas de bolsa e instituciones de crédito (negocio bursátil), y entre sus principales objetivos está determinar y dar seguimiento a los perfiles de inversión de los clientes, emitiendo al público inversionista recomendaciones acordes a su perfil de inversión, al servicio de inversión contratado y a las políticas de diversificación que establezca cada entidad. La notoriedad de esta nueva circular reside en que se han introducido cambios importantes en la capacitación del personal (principalmente de ventas), manuales, procesos, etcétera, implicando una fuerte inversión (sobre todo en sistemas). Todo ello, con el fin de que las casas de bolsa que operan en México transparenten la información que entregan a sus clientes inversionistas, ya que las normas buscan reducir la concentración de los portafolios e impedir que algunos clientes arriesguen sus recursos en inversiones que no son acordes a su perfil. De igual forma, la nueva circular ha permitido realizar cambios estructurales, integrando un nuevo Comité de Análisis de Productos Financieros, que determine y apruebe las políticas del negocio, así como la integración de dos figuras de supervisión designadas por el Consejo de Administración para vigilar en todo momento el cumplimiento de dichas políticas y el cumplimiento de la circular en general. Una de las nuevas reglas más relevantes señala que será necesario advertir a los inversionistas sobre los riesgos de contratar servicios no asesorados (ejecución de operaciones y comercialización o promoción). Además se tendrán que entregar informes detallados sobre los precios de las operaciones, así como una guía de servicios de inversión y rendimientos de las carteras, lo que coadyuva a entregar información completa y más fácil de entender para los inversionistas. Una muestra de que los cambios son evidentes es que a partir de ahora, cuando una casa de bolsa realice la colocación de un instrumento en el mercado de valores de la propia entidad, sólo podrá venderla al 20% de la misma entre sus clientes personas físicas (un límite que antes no existía). Además, las disposiciones actuales ayudarán a que los intermediarios proporcionen asesoría a sus clientes de acuerdo con el perfil de inversión de los mismos. Por lo anterior podemos decir que es una nueva oportunidad para el sector financiero. En este sentido, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) verificará que los apoderados cuenten con los datos necesarios para cumplir con lo previsto en las reglas, por lo que los organismos autorregulatorios continuarán otorgando la certificación de calidad técnica e historial crediticio satisfactorio a los asesores; sin embargo, con estos nuevos lineamientos las entidades financieras se encuentran obligadas a establecer políticas de certificación interna en la prestación de servicios asesorados (asesoría de inversiones y gestión de inversiones). A partir de ahora, los intermediarios están obligados a entregar a la CNBV la información relacionada con la prestación de los servicios de inversión que proporcionen, lo que servirá para contar con datos oportunos para efectos de las labores de supervisión que ejerce esa autoridad.     Contacto: Twitter: @GFInteracciones     Las opiniones expresadas son sólo responsabilidad de sus autores y son completamente independientes de la postura y la línea editorial de Forbes México.

 

Siguientes artículos

Dispositivos móviles, ¡ahí está el negocio!
Por

Se ha dicho hasta la saciedad: tendrás el mundo en la palma de tu mano a través de un aparato de hasta seis pulgadas con...