Una nueva modificación a la ley estatal permitirá que prestadores de servicios médicos pueden negar la atención a alguien perteneciente a la comunidad LGBTI+ e incluso a mujeres que quieran abortar.  El Congreso de Nuevo León aprobó un ajuste al artículo 48, fracción IV, dicho ley quedó así: “El personal médico y de enfermería que forme parte del Sistema Estatal de Salud, podrán ejercer la objeción de conciencia y excusarse de participar en la presentación de servicios que establece esta ley”. Te podría interesar: Morena y aliados logran aprobar Ley de Ingresos 2020 en Cámara de Diputados La legisladora Guadalupe Rodríguez, la encargada de presentar dicha propuesta ante el Congreso local, afirmó que “la objeción de conciencia es el derecho consistente en la negativa a realizar determinados actos o servicios derivados de una orden de autoridad o de una norma jurídica cuando éstos contradicen los propios principios éticos o morales”. La ley aclara que la abstención del servicio es solo si el paciente no está en caso de emergencia y/o riesgo de muerte. Con información de La Jornada. También lee: México y EU pactan reuniones cada 15 días para frenar tráfico de armas

 

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