Los padres de México están muy cerca de poder decidir el orden de los apellidos de sus hijos recién nacidos, pues el Senado aprobó modificar el artículo 58 del Código Civil Federal.

“El acta de nacimiento se levantará con asistencia de dos testigos. Contendrá el día, la hora y el lugar de nacimiento, el sexo del presentado, los nombres propios y apellidos que le correspondan en el orden de prelación que los progenitores convengan pudiendo elegir de entre los apellidos maternos y paternos”, señala la reforma avalada y enviada a la Cámara de Diputados.

La modificación a este artículo precisa que los apellidos de los hijos futuros de la misma madre y padre deberán ser asentados en el mismo orden, con el propósito de mantener un sistema que brinde seguridad jurídica a los descendientes.

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La minuta explica en la exposición de motivos que los padres tienen derecho de nombrar a sus hijos sin injerencias del Estado y que este derecho implica no solo elegir el nombre de sus hijos, sino escoger el orden de sus apellidos.

También menciona que el actual orden de los apellidos, donde va primero el del padre y después el de la madre, violenta el derecho a la igualdad y discrimina a la mujer en relación con los hombre, ya que el acostumbrado orden obedece “a formulismos patriarcales desprovistos de una razón justificativa y razonable”.

La aprobación se dio ayer en el pleno del Senado, donde tuvo 80 votos a favor y 17 abstenciones. La minuta fue enviada a San Lázaro, donde debe ser discutida y votada para después pasarla al gobierno federal para su publicación y entrada en vigor.

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