Los aspirantes a reelección legislativa o de ayuntamientos en Baja California estarán impedidos a recibir su sueldo como funcionarios públicos durante el periodo de campaña en caso de no pedir licencia; no obstante, no será obligatorio separarse de su cargo para participar de la campaña electoral.

De acuerdo con una sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, votada este lunes, se avaló mantener las reformas a la Constitución estatal mediante las cuales se establecen las condiciones para la reelección de legisladores locales e integrantes de ayuntamientos.

“Si bien la propia Constitución del Estado de Baja California —en sus artículos 16 y 78— prevé que los diputados y presidentes municipales, síndicos y regidores de los ayuntamientos, que pretendan reelegirse deberán abstenerse del uso de recursos públicos, es también claro en establecer que en el período de campaña no podrán recibir emolumentos o salarios, dietas, apoyos para gestión social o cualquiera otra que se asimile, independientemente de la obligación de desempeñar el cargo para el cual han decidido participar en la elección consecutiva”, sostuvo durante la sesión del lunes el ministro ponente, Alberto Dayán.

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A diferencia de la reelección federal, donde no se establecieron candados a este respecto, en Baja California se contará con candados para el ejercicio de recursos públicos durante la campaña de reelección.

La semana antepasada, los diputados federales aprobaron un acuerdo por el cual los legisladores no tendrán que pedir licencia para realizar sus actividades proselitistas con el compromiso de que no usarán recursos económicos, materiales o humanos de su función legislativa en sus actividades de promoción y llamado al voto.

Además, deberán abstenerse de incurrir en actos anticipados de campaña y precampaña, mientras que no podrán participar en eventos proselitistas en los días en que se encuentren obligados a desempeñar su cargo, de acuerdo con la programación para los trabajos legislativos.

La noche de este lunes, el INE definirá las reglas por los cuales se llevará a cabo la reelección legislativa.

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Estos cambios a la Constitución estatal de Baja California se dieron a conocer en septiembre pasado mediante el decreto 102, que además ajustó las condiciones en que la reelección se puede dar en cuanto a la paridad de género.

Sobre este último punto, la Corte defendió que la reelección estará limitada al respeto a la paridad de género en las postulaciones de los partidos.

 

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