El Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) determinó que Ricardo Gallardo Cardona, gobernador de San Luis Potosí, adeuda 12 millones 300 mil pesos de Impuesto Sobre la Renta (ISR), multas y recargos al Servicio de Administración Tributaria (SAT).

“Se propone calificar inoperantes los conceptos de impugnación planteados en contra de la revisión de gabinete, ya que Ricardo Gallardo Cardona promovió un amparo de juicio indirecto en contra de tal mandato”, dijo Magda Zulema Mosri Gutiérrez, magistrada del TFJA.

La propuesta de la integrante del órgano fue aceptada por el pleno de la Sala Superior del TFJA, el cual ratificó por unanimidad —10 votos a favor y cero en contra— el adeudo de impuestos por más de 12 millones 300 mil pesos por depósitos bancarios no declarados en 2013 por José Ricardo Gallardo Cardona.

Cobijado por la alianza del PVEM y PT, Gallardo Cardona, militante del primer partido, ganó la gubernatura de San Luis Potosí en las elecciones de junio de 2021.

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El hoy mandatario impugnó desde el 22 de febrero de 2019 el adeudo del ISR por depósitos bancarios recibidos durante el ejercicio fiscal de febrero de 2013, recordó la magistrada Mosri Gutiérrez.

A través de una oficio, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) le determinó el 20 de junio de 2018 a Gallardo Cardona un crédito fiscal por la cantidad de 12 millones 300 mil pesos por concepto de ISR, actualización, recargos y multas por el ejercicio de 2013, así como por la miscelánea fiscal para 2013.

“El mandato fue resuelto por el Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de San Luis Potosí mediante ejecutoria del 26 de mayo de 2015 para que el juez federal resolviera que todos los preceptos legales invocados y la motivación proporcionada por la autoridad fiscal justifican plenamente la comprobación no ejercida, es decir la revisión de gabinete que le fue ratificada a Ricardo Gallardo Cardona”, apuntó la magistrada.

Agregó que son infundados e insuficientes los argumentos relacionados con las actuaciones emitidas por el SAT y la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), como condición financiera del contribuyente, añadió.

La falta de certificación de la documentación proporcionada por la instituciones bancarias no implica que tengan valor probatorio, apuntó. Sin embargo, “el contenido de los estados de cuenta no fue cuestionado por Ricardo Gallardo, por ende al no haberse objetado su contenido, tiene valor probatorio en términos del Código Federal de Procedimientos Civiles”, destacó Mosri Gutiérrez.

Ricardo Gallardo reconoció como propia la información financiera proporcionada por la CNBV, incluso quiso acreditar cada uno de los depósitos bancarios y no lo logró comprobar, añadió.

“Ricardo Gallardo Cardona no aclaró el origen de los depósitos bancarios observados por la autoridad por la cantidad de 1 millón 800 mil pesos al no proporcionar su contabilidad donde consta su registro ni exhibir la comprobación respectiva”, destacó la magistrada.

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