Ante las reformas al Poder Judicial de la Federación, quedan pendientes otras iniciativas que impulsó el ministro presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Arturo Zaldívar, como la nueva Ley de Carrera Judicial, la cual según una experta “tiene limitaciones y contradicciones” y deja espacio a la discrecionalidad para continuar con el “amiguismo y nepotismo”.

La coordinadora del Programa de Transparencia en la Justicia de México Evalúa, Laurence Pantin, explicó que la iniciativa crea un nuevo puesto que es de Secretario Proyectista en Tribunales Colegiados y Juzgados de Distrito que tendrá las mismas funciones que los secretarios de los tribunales y juzgados que existen, pero su proceso de nombramiento es distinto. Para acceder al nuevo puesto, no hay concurso, sino el titular del tribunal o juzgado podrá elegir quien cubrirá esas vacantes.

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“Esto lo que implica es que en un mismo juzgado tendríamos secretarios designados por concursos y secretarios designados de manera discrecional. Esto responde a algo que dicen muchas veces los propios jueces y magistrados que necesitan tener personas de confianza, porque tiene que estar seguros que sus secretarios no van a aceptar dinero a cambio de modificar el sentido de una sentencia. Esto significa que los juzgadores no reconocen la carrera judicial y concurso de oposición como garantía de integridad”, dijo.

Comentó que con esta propuesta se contradice los objetivos de la reforma al Poder Judicial que busca fortalecer la carrera judicial; además, de que deja un espacio de discrecionalidad para continuar con el “amiguismo y nepotismo”.

Con esta iniciativa, la SCJN y el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación conservan sus facultades para designar a su personal de “manera discrecional”, porque, explicó Pantin, no se exige que para obtener esos puestos los candidatos participen en concursos de oposición.

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También se establece en el artículo 22 de la propuesta para expedir una nueva ley, que la mayoría de los concursos de oposición serán cerrados; es decir, están reservado a los integrantes de la Poder Judicial de la Federación.

“Esto no nos parece conveniente, porque limita la posibilidad de que se puede integrar al Poder Judicial personas de sectores de la población que no tenía acceso a él. En realidad, esta disposición se contrapone a la redacción al artículo 94 de la Constitución”, mencionó Laurence Pantin.

Este artículo también señala que los concursos de oposición para ocupar las plazas de magistrados, estarán abiertos únicamente a jueces y secretarios de Estudio y Cuenta de los ministros.

“Esto tiende a reforzar la influencia que los ministros de la SCJN tienen en la estructura en el Poderes Judicial de la Federación, porque les da ventaja a las personas de su equipo para volverse magistrados; por ello consideramos que los puestos de la carrera judicial deben ser asignados mediante concursos de oposición abiertos”, dijo la coordinadora de México Evalúa.

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Pese a esto, dijo que es positivo que se planteé una Ley de Carrera Judicial , porque puede permitir mayor certeza sobre los procesos de selección, promoción y evaluación de los funcionarios del Poder Judicial a nivel federal y porque incorpora a la carrera judicial el puesto de oficial judicial.

El paquete de las reformas que presentó el ministro presidente de la SCJN en febrero pasado son una nueva Ley de Carrera Judicial y modificaciones a diversas leyes como la de Amparo, la Federal de Defensoría Pública, la Federal de Trabajadores al Servicio del Estado y al Código Federal de Procedimientos Civiles y a la Ley Reglamentaria de las Fracciones 1 y 11 del artículo 105 Constitucional.

 

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