La Cámara de Diputados aprobó una adición al Código Penal Federal para sancionar hasta con diez años de prisión a quienes oculten, acaparen o injustificada negativa para su venta con el objeto de obtener una alza en los precios de artículos de consumo necesarios, productos de higiene personal, medicamentos, bienes destinados a la prevención de propagación o contagio de enfermedades durante situación de desastre natural, riesgo sanitario.

Con 465 votos a favor fue avalada la adición y enviada al Senado. La reforma señala que se le aumentará hasta una mitad más en su mínimo y máximo a la pena que corresponda.

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“Es frecuente observar distorsiones del mercado ocasionadas de forma deliberada por los vendedores a través del alza de precios, ocultamiento o el acaparamiento de productos indispensables a fin de obtener un beneficio”, se menciona en la exposición de motivos de la minuta.

Durante la discusión, la diputada panista Pilar Ortega, dijo que la adición del artículo es porque ha sido frecuente observar “distorsiones del mercado” ocasionadas por quienes ponen a la venta los productos a través de alza de precios, ocultamiento o acaparamiento a fin de tener un lucro.

Las sanciones van de tres a diez años de prisión y con doscientos a mil días de multa o de cinco a diez años de cárcel y con mil a diez mil días de multa.

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