La iniciativa que pretende regular al sector del crédito de nómina bajo la figura de cobranza delgada, cuyo análisis por parte del Pleno de la Cámara de Diputados se realizará mañana 15 de marzo, y tras analizar dicha propuesta, Gustavo Martín del Campo, presidente de la Asociación Mexicana de Empresas de Nómina (AMDEN), manifestó su apoyo para avanzar en la regulación del sector con la inclusión de dicho mecanismo, pues durante 25 años se ha operado sin una normativa clara, y hoy se tiene la oportunidad de generar mejores condiciones para el usuario del crédito, para las financieras y los fondeadores.

Explicó que hay tres puntos fundamentales respecto a la regulación: “el primero que la reforma da certeza, porque es un mercado abierto que lleva muchos años funcionando, que tiene mucha demanda y que requiere ser normado”. En segundo término, permitirá definir reglas y límites, lo que da certeza principalmente al trabajador que recibe los créditos, a las empresas que los otorgan e inclusive a los fondeadores. Con esta propuesta se fijan las condiciones y montos para otorgarlo, en beneficio directo para el usuario del crédito de nómina.

Y agregó que el tercer componente es que la iniciativa faculta a la Condusef para revisar contratos y convenios, de manera que cualquier situación que pudiera no estar prevista en la reforma, la Condusef tendrá la facultad de revisar que no existan ilegalidades.

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A profundidad

En su análisis, la AMDEN consideró que el mercado de este tipo de créditos carece de normatividad específica que incida en las operaciones del mismo, lo que se traduce en abusos y sobreendeudamiento en detrimento de los trabajadores, quienes tienen que acudir a fuentes de financiamiento distintas a las del sector bancario, con altos índices de mora y falta de pago, esto debido a la falta de entero de las personas empleadoras a las personas acreditantes, de los pagos dispuestos por parte de la persona acreditada.

Precisó que este es el punto nodal de la reforma, la cual propone regular la relación jurídica del Crédito de Nómina con Cobranza Delgada (CNCD), a partir del reconocimiento de las partes contratantes: empleado-empleador-entidad financiera, por medio de tres instrumentos jurídicos: convenio de cumplimiento de pago (entidad financiera–empleador), contrato de crédito (entidad financiera–empleado) y libranza (empleado–empleador).

Agregó que esto significa que únicamente tendrán el carácter de acreditantes las personas morales que se consideren entidades financieras, esto es un escudo para el trabajador, quien estará protegido de abusos y fraudes por parte de empresas no supervisadas, pues la Condusef, y la Comisión Nacional de Banca y de Valores, tendrían control directo en temas como lavado de dinero y financiamiento irregular.

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