El PRI y Morena lograron que en la Cámara de Diputados se aprobara una reforma constitucional para que el presidente disponga de la Fuerzas Armada en tareas de seguridad pública de manera extraordinaria, regulada, fiscalizada y subordinada hasta 2028.

Con ello, esta reforma pasó a los congresos estatales para que al menos 17 estados la aprueben.

Ahora, el artículo Quinto Transitorio de la Carta Magna establece en términos generales que cada seis meses se presentará una informe sobre las tareas que hayan realizado las Fuerzas Armadas; los legisladores convocarán a los secretarios de Estado encargados del Ejército, Marina, Seguridad y Gobernación para analizar dicho documento, y se otorgarán recursos a estados y municipios en tarea de seguridad pública a partir de 2023.

En la votación, el PRI y el PRD nuevamente se dividió: algunos legisladores votaron en contra y otros a favor. Del PRD, 3 votaron a favor y 12 en contra, y del PRI, 64 a favor y 2 en contra. Solo en el PAN y en MC, todos los diputados rechazaron esta reforma.

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Durante la discusión, legisladores del PAN, PRD y MC rechazaron la reforma al señalar que el gobierno federal busca militarizar el país al permitir que las Fuerzas Armadas continúen hasta 2028.

La diputada panista Mariana Gómez del Campo comentó que esta propuesta se realizó sin que exista un análisis que justifique esta modificación constitucional y sin que se haya presentado una estrategia para fortalecer a las policías locales.

Además propuso a los legisladores de Morena leer el libro El Rey del Cash, el cual habla sobre corrupción al rededor del presidente Andrés Manuel López Obrador.

“Está claro que la estrategia de seguridad no va a cambiar, por lo que seguirá siendo una estrategia fallida. El echo de contar con cuatro años más (..) no cambiará en absolutamente nada la tragedia por la que estamos atravesando en materia de seguridad y violencia”, dijo la panista, quien estaba rodeada por sus compañeros que portaban cárteles que decían “sí a la policía civil”.

Esto señala el dictamen avalado

Primero, la reforma menciona que la Fuerza Armada permanente realizará las tareas de seguridad pública con su organización y medios, y deberá capacitarse en la doctrina policial civil establecida en el artículo 21 de la Constitución. Además, se enfatiza que en ningún caso tendrán por objeto sustituir a las autoridades civiles de otros órdenes de gobierno en el cumplimiento de sus competencias o eximir a dichas autoridades de sus responsabilidades.

Señala que el Ejecutivo federal presentará en el Congreso de la Unión cada semestre un informe sobre la facultad del mandatario de disponer del Ejército y la Marina en tareas de seguridad pública y proporcionará los indicadores cuantificables y verificables que permitan evaluar los resultados obtenidos, y debe corroborar el respeto a los derechos humanos y a los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas.

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También estipula que en un plazo de no más de 60 días, contando a partir de la entrada en vigor del decreto, y hasta 2028, se integrará una comisión bicameral, en los términos que acuerden los órganos de dirección política de las Cámara del Congreso de la Unión, para el análisis y dictamen de los informes que entregará el Ejecutivo.

Para la emisión del dictamen semestral, la comisión convocará, si así lo requiere, a los titulares de Gobernación, de Seguridad y Protección Ciudadana, de Defensa Nacional y de Marina. El dictamen evaluará el cumplimiento de las condiciones establecidas sobre el uso de la Fuerza Armada en tareas de seguridad pública y señalará aquellas entidades federativas donde deje de ser requerida la presencia de los uniformados en estas labores.

La comisión también remitirá al Senado y a la Cámara de Diputados los dictámenes semestrales para su discusión y aprobación. Uno vez aprobados, serán enviados al Ejecutivo federal, el que deberá informar de la atención que brindó a las recomendaciones emitidas.

También, a partir de 2023, el Ejecutivo establecerá un fondo permanente de apoyo a las entidades y a municipios para el fortalecimiento de sus instituciones de seguridad pública. Estos recursos se establecerán de forma separada e inidentificable respecto a cualquier otro ramo o programa destinado a otros propósitos en el Presupuesto de Egresos.

Además, los recursos no podrán ser inferiores en términos porcentuales al incremento que reciba la Fuerzas Armada permanente y la Guardia Nacional para tareas de seguridad pública cada año; se distribuirá en proporción directa al número de habitantes con que cuente cada estado según el Inegi y no podrán ser utilizados para otro fin.

Y hasta un 25% de dicho fondo se asignará a las entidades federativas con mejores resultados en materia de seguridad pública, conforme los indicadores que establezca el Consejo Nacional de Seguridad Pública.

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