Sabemos que el 97.9% de la población en México tiene garantizado su derecho a la identidad mediante el registro de nacimiento y que la cobertura ha ido creciendo de manera importante. Sin embargo, también sabemos que una de cada dos personas sin registro es menor de 10 años, que casi una cuarta parte de las personas sin registro de nacimiento se considera indígena y que los municipios con altos índices de marginación presentan las tasas más bajas de cobertura[1].

Datos apabullantes si pensamos que esa población sin identidad legal es excluida de la planeación de programas o políticas de gobierno, y por la subsecuente cadena de afectaciones al ejercicio pleno de sus derechos. Y es que el problema de los mexicanos sin acta de nacimiento o que la obtienen de manera tardía es síntoma de un problema más amplio que tiene que ver con la concepción de la política de población que prevalece en México desde el siglo pasado, y cuya mejor expresión fue la errática Ley de Población que data de 1974.

A principios del año 2020 causó aspaviento la solicitud de la Secretaria de Gobernación para que el INE le transfiriera la información del Registro Federal de Electores, con el fin de poder actualizar el Registro Nacional de Población.

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En aquel momento hubo una reacción pronta de parte del presidente López Obrador, al pedir a la Secretaría no insistir en tal solicitud hacia el órgano electoral federal.

El tema no fue abandonado, sino que se siguió abordando desde otras vías, la legislativa. En diciembre de 2020, la Cámara de Diputados aprobó el dictamen por el que se expide la Ley General de Población, el cual fue enviado al Senado de la República quien podría discutirlo en el actual periodo ordinario de sesiones. Con la aprobación de esta Ley se pretende regular la operación del Registro Nacional de Población y del Servicio Nacional del Identificación Personal, a cargo de la Secretaría de Gobernación. 

De manera destacada por sus diversas implicaciones, se aprobó también la Ley General de Identidad y Ciudadana Digital, del diputado Javier Hidalgo, que crea las bases para la expedición de la Cédula Única de Identidad Digital. Ésta, además de contener datos biométricos podrá concentrar información hoy dispersa en otros instrumentos usados para identificarse, como el pasaporte, la credencial para votar, la cédula profesional, entre otros, y será habilitada también para la población menor de 18 años.

El proyecto de Ley General de Población ahora en manos del Senado, define la política de población como el “conjunto de las acciones públicas dirigidas a lograr la debida consideración de la dinámica, estructura y distribución territorial de la población … así como asegurar el pleno ejercicio de los derechos humanos vinculados con los fenómenos demográficos”[2]. Así la dimensión del reto de implementar una política de población con perspectiva de género y desde una perspectiva de derechos humanos.

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En tiempos de pandemia es imposible no pensar en las posibilidades que ofrece una Cédula como la que se está concibiendo a nivel legislativo, en la gestión del problema sanitario. En particular, el potencial que podría tener para la campaña de vacunación contra Covid-19. Sin duda, una razón más acelerar la emisión de la Cédula de Identidad Digital.


[1] Derecho a la Identidad. La cobertura del registro de nacimientos en México. UNICEF e INEGI, 2018 _https://www.unicef.org/mexico/media/1016/file/UNICEF_Derecho%20a%20la%20identidad.pdf

[2] Dictamen de Comisión de Gobernación y Población con Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se expide la Ley General de Población, Gaceta Parlamentaria, 3 de diciembre de 2020

http://gaceta.diputados.gob.mx/PDF/64/2020/dic/20201203-V.pdf

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Contacto:

Maestra en Políticas Públicas por la Universidad de Oxford y Licenciada en Ciencia Políticas y Relaciones Internacionales, por el Centro de Investigación y Docencia Económicas (CIDE).

Twitter: @palmiratapia

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