Al referirnos a la paridad no estamos ante un asunto de mujeres, ni siquiera de relación entre los géneros, sino ante una oportunidad para decidir sobre el modelo de Estado que queremos para nuestro país.

La democracia paritaria no tiene que ver únicamente con que los órganos de deliberación y toma de decisiones se integren con 50% de mujeres y 50% de varones. Ello atiende a un criterio formal e incompleto.

Hoy, las mujeres que integran la primera legislatura paritaria, promovieron la reforma que materializó la paridad ya no solo como un mecanismo que fortalece la representación política de las mujeres, sino como un nuevo pacto social que reconoce la igualdad y equivalencia de ambos géneros.

Ahora, la “paridad en todo”, para materializarse, necesita de un diseño legislativo adecuado y de jueces comprometidas y comprometidos. Nuestra historia electoral nos señala rutas importantes para su adecuada regulación.

Se necesita primero una correspondencia entre los objetivos perseguidos por las normas y las reglas específicas que estas establecen. ¿A qué me refiero? Lo ilustro con un ejemplo: la implementación de la regla de los llamados distritos perdedores.

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Con la reforma de 2014 se pretendió incluir en la ley las reglas que pusieran fin a la práctica de postular a las mujeres en distritos o municipios donde el partido postulante no tenía posibilidades de ganar. Eso era una falacia, ya que, en nuestro sistema de partidos, con fuertes bastiones regionales que tradicionalmente dividían el país, cada instituto político sabía dónde no tenía posibilidades de ganar.

La lección que nos deja esta experiencia es que las reglas específicas deben reflejar, clara y directamente los objetivos que se buscan.

Por otro lado, las excepciones a las reglas —establecidas desde la legislación— impiden su materialización. De ahí que se debe evitar la creación de excepciones y regímenes especiales. Las reglas de paridad en todo deben ser uniformes y aplicables a todos los casos.

Finalmente, la experiencia señala que la excesiva generalidad o ambigüedad de las reglas da pie a diversas interpretaciones y deja la aplicación de los mecanismos de paridad en manos de las autoridades electorales. Si éstas tienen un genuino compromiso con los derechos, con la igualdad y con la construcción de la democracia paritaria, logramos avances importantes, o logramos sobrellevar las deficiencias normativas.

Pero… y ¿qué pasa cuando las autoridades no tienen ese compromiso? ¿O cuando simplemente no tienen la oportunidad de corregir el rumbo de las cosas, porque las impugnaciones no se presentan?

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Por ello, la excesiva generalidad y ambigüedad de las normas son enemigas de la paridad.

Debemos redoblar los esfuerzos para que la democracia paritaria que estamos construyendo abarque a todos los grupos, para que todas y todos tengan las mismas posibilidades de autorrealización y de influir en la construcción de nuestro destino colectivo.

La democracia paritaria implica otro entendimiento del poder, de su reparación y de cómo se ejerce.

Quienes impartimos justicia, debemos hacernos cargo de las asimetrias de poder y de las exclusiones que generan, a fin de revertir los efectos de la discriminación, dotando de plena vigencia el principio constitucional de igualdad. El derecho no es neutral y puede invisibilizar a las mujeres. Cuál es la finalidad del Derecho y de la Justicia, si no, asegurar que todas las personas estén en posibilidades de diseñar y ejecutar un proyecto de vida digna en condiciones de igualdad y libres de violencia.

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La relación poder, género y derecho, coloca a las y los impartidores de justicia en un lugar de gran responsabilidad que demanda la redistribución del poder y el reconocimiento de las mujeres y de sus necesidades. Nos coloca frente al deber de materializar la igualdad a través de nuestras sentencias, las cuales pueden ser, por si  mismas, una forma de reparación.

Por ello, nuestras sentencias no pueden ser de papel, deben inscribirse dentro del ejercicio de nuestra función acorde con los principios que rigen nuestro orden constitucional.

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Contacto:

Janine M. Otálora Malassis es Magistrada de la Sala Superior del TEPJF. Es doctora en Ciencias Políticas por la Universidad de París La Sorbonne*

Twitter: @JanineOtalora

Las opiniones expresadas son sólo responsabilidad de sus autores y son completamente independientes de la postura y la línea editorial de Forbes México.

 

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