El 22 de julio de 2020, el presidente Andrés Manuel López Obrador emitió un memorándum dirigido a los titulares de los Órganos Reguladores en Materia Energética, es decir, a la Comisión Nacional de Hidrocarburos (CNH) y la Comisión Reguladora de Energía (CRE); dicho documento tenía como finalidad hacer un planteamiento por parte del Ejecutivo federal hacia estos organismos constitucionales, para analizar la posibilidad de continuar pretensiones estatizadoras sobre la industria energética con el andamiaje legal vigente (conocido coloquialmente como Reforma Energética), o en todo caso, plantear una, ya muy sonada, “Contrarreforma Energética”.

Este documento, tuvo su culmen el 22 de septiembre de 2020, en una reunión a puerta cerrada en Palacio Nacional entre el ejecutivo y los reguladores.

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De estos hechos, el autor de este artículo vio la necesidad de crear un “demitificador”, dado que el presidente de la República sostiene su visión de la industria en torno a una serie de mitos o creaciones políticas sin de sustento legal o técnico. Por ello, citaremos los enunciados del documento del 22 de julio, para desarrollar brevemente cada uno de ellos, señalando si es cierto, falso o parcialmente cierto/falso. ¿Listos?, comenzamos:

  • La Reforma Energética de 2012, privatizó la energía. Este mito es FALSO.

La modificación constitucional del 2012 fue con la finalidad de abrir ciertos segmentos de la industria energética a la iniciativa privada, en especial nacionales; pero conservando áreas estratégicas, como la generación de energía nuclear, la transmisión y distribución de energía, así como la titularidad de la propiedad del petróleo y gas del subsuelo confiriendo derechos de exploración y extracción de manera preferente a Pemex mediante asignaciones, y en segundo lugar, a los agentes privados mediante licitaciones públicas, llamadas Rondas Petroleras, para generar contratos entre el Estado Mexicanos y estas empresas.

En los rubros de refinación del petróleo, comercialización, transporte y ventea de energía, gas y petrolíferos (combustibles derivados de la refinación del petróleo), se perfeccionan los esquemas donde los particulares, al igual que Pemex y CFE, puedan participar mediando permisos otorgados por la CRE para cada actividad, bajo diversos modelos de negocio autorizados por las propias leyes.

Concluyendo que, en sí, el Estado mexicano ejerce un control y regulación de todas estas actividades, mediando una exhaustiva vigilancia fiscal, comercial y de calidad a la par de esquemas de transparencia rigurosa de todas las partes. Donde la nación conserva la propiedad de los recursos del subsuelo y confiere contratos o permisos, según corresponda, sobre todas las ramas de la industria energética.

  • La Reforma Energética de 2012, destruyó a la CFE y a Pemex. Este mito es FALSO.

Pemex y CFE, en especial la primera, han tenido una dinámica deficitaria derivada más de sus abultadas cargas en pasivos laborales y financieros, sumándose a ello una serie de administraciones descuidadas y poco profesionales, que colocan a las empresas productivas del Estado en una especie de organismos de carácter político, así como a una nula vigilancia que ha provocado la adquisición de compromisos riesgosos y desventajosos; es decir, han tenido unas administraciones y manejo fatales, junto con cargas burocráticas y sindicales pasmosas.

Lejos de que el marco legal del 2012 sea desfavorecedor para las empresas productivas del Estado (EPEs), fue diseñado con la finalidad de ser separadas del poder político y sean manejadas desde un aspecto más encaminado al del derecho mercantil, es decir, verdaderas empresas de las cuales el gobierno es el dueño. Lo anterior, fue para dotarlas de independencia financiera, legal y de gestión; colocándolas al nivel de sus similares Saudí Aramco, Petrobras, YPF o Repsol.

Por lo que, en conclusión, los desastrosos resultados que vemos actualmente en Pemex y CFE, son obra y responsabilidad de quienes las encabezan, no del marco legal.

  • Pemex y CFE son empresas públicas indispensables para el desarrollo de la nación. Este enunciado es PARCIALMENTE CIERTO.

Para comprender este enunciado es muy necesario saber que las Empresas Productivas del Estado, que lo son Pemex y CFE no son estructuras monolíticas centralizadas, sino que, de acuerdo con sus legislaciones se tratan de organismos con una configuración horizontal, conformadas por un consejo de administración, empresas subsidiarias y filiales bajo una constitución de consorcio o asociación con particulares, siendo éstas últimas las que quedan fuera de la estructura pública de la EPE.

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En este sentido, Pemex y CFE no son estructuras unicelulares, sino organismos con una gran complejidad, por ello y citando el ejemplo de la petrolera, todos sabemos que la empresa cuenta con una situación financiera terrible y que ha sido profundizada por la actual administración sumada la pandemia por la enfermedad de Coronavirus, pero, el origen de esta situación no es directamente por la EPE en sí misma, sino es derivada por sus subsidiarias como Transformación Industrial (PTRI) y Gas-Petroquímica Básica (PGBP), la cuales tienen en sus haberes proyectos como la Refinería Dos Bocas (PTRI), Etileno XXI y Agronitrogenados (PGBP), los cuales son factores de enormes pérdidas, el primero por ser un proyecto evidentemente inviable y los segundos, por motivo de incorrectas percepciones sobre los contratos y condiciones comerciales. Lo anterior se agrega a las pésimas decisiones que se han tomado en Pemex Exploración y Producción sobre revivir los infames CSIEES (Contratos de Servicios Integrales de Exploración y Extracción), en lugar de los contratos administrados por la CNH obtenidos mediante rondas petroleras.

Asimismo, para el caso de CFE, tenemos que el consejo de administración ha determinado acabar con todos los proyectos y contratos con particulares para la ministración de energía mediante renovables, los cuales, eran obtenidos mediante las Subastas Eléctricas de Largo Plazo y vigilados por la CRE; para retornar a los esquemas previos como las adjudicaciones directas y el desarrollo de proyectos directamente por la EPE, sin la fortaleza financiera de que traían consigo los particulares. No obstante, encontramos también los recientes conflictos con las empresas transportistas de gas natural y la paralización de los proyectos de generación mediante este hidrocarburo transicional que, en sí, abona a que sean cubiertas penalización de incumplimientos (recordando el caso Etileno XXI para Pemex), causando un detrimento a la hacienda pública.

Por ello, es importante señalar, que las rentas petroleras representan actualmente un pequeño porcentaje del Producto Interno Bruto del país, así como las actividades en materia de electricidad; éstos no sean ingresos significativos para la hacienda pública en comparación con el turismo o la inversión extranjera directa, las EPEs funcionan como factores o elementos de evaluación de riesgo-país, así como vectores para lograr la medición crediticia de la nación mexicana que, traducido en un lenguaje parco que son de gran importancia para la medición de confianza y estabilidad económica o financiera del Estado mexicano.

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  • La Nación debe dominar sobre la industria energética. Este mito es FALSO.

Como ya se dijo anteriormente, los artículos 25, 27 y 28 de la Constitución mexicana señalan claramente los aspectos de la industria energética que son su entera potestad:

  1. Propiedad de los hidrocarburos en el subsuelo.
  2. Exclusividad de la generación eléctrica mediante reactores nucleares.
  3. Exclusividad de la Transmisión y Distribución eléctrica mediante el órgano controlador correspondiente (Cenace).

El resto de las actividades de la industria energética quedan en favor de las empresas productivas del Estado, de manera inicial, así como a los particulares en los términos de la legislación correspondiente, ya sea mediante modelos contractuales bajo vigilancia de los órganos reguladores o a través de permisos otorgados por la federación vía éstos mismos organismos.

  • El Estado mantendrá bajos los precios de gasolinas, diésel, gas y electricidad. Este mito es FALSO.

Hay que señalar que los precios de los energéticos (gasolinas, diésel, gas y electricidad), actualmente están determinados bajo los esquemas de libre mercado, interviniendo el Estado mexicano únicamente en el esquema tributario y de incentivos fiscales (impuestos y subsidios).

En ese orden de ideas, el Gobierno de México no cuenta con las facultades de incidir en la configuración de precios al consumidor de estos productos energéticos. Para el caso de los hidrocarburos y petrolíferos, desde 2012 se encuentran en el libre mercado; los petrolíferos desde el año 2016 Hacienda dejó de determinar los precios máximos al público, abriendo lo que se conoció como “La liberación de precios de gasolinas y diésel”, que en su momento la CRE estuvo supervisando puntualmente. Para comprender más esta dinámica de precios, conviene repasar lo que comenté en esta misma editorial en el artículo “Combustibles y la Nueva Normalidad”.

Algo que es cierto es que en 2016 y 2017 hubo un incremento sustancial en los precios de combustibles al consumidor, esto derivado del desbalance que trajo consigo la desincorporación de los incentivos o subsidios que Hacienda aplicaba semanalmente a estos energéticos, debiendo recordar que los precios reales de los combustibles no se percibían en los bolsillos mexicanos en razón de que éstos estaban “maquillados” por el Estado, sin embargo, este matiz provocaba un proceso inflacionario de mucho riesgo y que al combinarse con el tipo de cambio peso-dólar estadounidense (índice bajo el cual se adquieren los combustibles en el extranjero), ponía en franco riesgo a las finanzas del gobierno.

Sin embargo, con las medidas sanitarias aplicadas en todo el mundo para evitar las infecciones y muertes por la pandemia de coronavirus, en abril de 2020 se observaron en el país un descenso de los precios al público de gasolinas y diésel nunca vistos en los últimos cinco años (llegando hasta los 10 pesos por litro al público); lo que nos lleva a considerar las ventajas de contar con los precios bajo estos esquemas de libre mercado.

En el caso de la energía eléctrica las cosas no son muy diferentes, los precios finales de energía están sujetos a los costos de generación, transmisión y distribución, los cuales son determinados por las empresas titulares de la operación de generación del fluido eléctrico (que pueden ser privados mediante esquemas contractuales derivados de las subastas eléctricas, o en todo caso la CFE) y por cuanto ve a los otros dos conceptos, son determinados por los costes operativos y márgenes comerciales determinados por los integrantes del mercado y vigilados por la CRE. Por lo que ante el escenario donde la SENER y la CRE decidieron eliminar las subastas eléctricas, así como pretender imponer la política energética contraria al uso de energías renovables en favor de la CFE (ahora suspendida por el Poder Judicial de la Federación), orientaron la generación de energía por carbón y combustóleo que, según datos de la propia Sener y la CRE, resultan costar más de $120 USD/MW contra las renovables que tenían costos por debajo de los $20 USD/MW, lo que se traduce en recibos finales al consumidor más altos y causando un detrimento no sólo patrimonial a los consumidores, sino aparejado a los enormes impactos ambientales por el uso de combustibles fósiles en la generación eléctrica.

  • Alcanzar la autosuficiencia energética en bien de nuestra soberanía nacional (Refinería Dos Bocas). Este argumento es FALSO.

Antes, se debe entrar al análisis de la capacidad de procesamiento del Sistema Nacional de Refinación (SNR) y compararlo con la demanda de petrolíferos en el país; en este sentido, al mes de agosto de 2020 el SNR tenía una capacidad de procesamiento combinada de 276 mbd (168 mbd de gasolinas y 108 mbd de diésel) según datos de SENER; ahora, si lo comparamos con la demanda actual tiene un índice al mismo mes en cita de 652 mbd combinados de productos, lo que nos muestra que el SNR cubre solamente un 42% de la demanda de petrolíferos, el resto se importa. Aún sumándole los pretendidos 350 mbd combinados de la Refinería Dos Bocas, de los cuales un 30% serán de combustibles industriales (IFOS y combustóleos), los números del presidente López Obrador se quedan cortos, teniendo en cuenta la caída de la demanda causada por el coronavirus, ahora si lo trasladamos a la demanda de enero de 2020, que alcanzaba los 900 mbd, la autosuficiencia de combustibles se antoja muy, pero muy lejana.

  • No exportar petróleo y dejar de importar gasolinas y diésel. Esta afirmación es FALSA.

Siguiendo el orden de ideas del punto anterior donde este autor menciona la imposibilidad de alcanzar la autosuficiencia de combustibles mediante el SNR y la Refinería Dos Bocas, debemos considerar que la producción petrolera del país va en declive, de contar con una producción sobre los 1.8 Mbd en 2018, pasamos a los incipientes 1.6 Mdb en agosto de 2020, según datos de la CNH.

Asimismo, las rentas petroleras no llegan ni al 10% de los ingresos en favor de la Hacienda pública, hay que considerar que un gran porcentaje de los hidrocarburos extraídos del subsuelo mexicano tienen como destino los mercados internacionales, siendo una mínima parte la dieta base del SNR, ya que este en su gran parte funciona procesando “crudos ligeros” y el aceite mexicano tiene la particularidad de ser de los considerados como “crudos pesados”, por lo que es necesario contar con complejos esquemas de intercambio de productos en los mercados exteriores para que los hidrocarburos mexicanos alcancen valor y también se pueda alimentar al SNR.

  • Dejar de otorgar permisos o concesiones a particulares en el sector energético, al tiempo que los Órganos Reguladores apoyen a Pemex y CFE. Este enunciado es FALSO, además ILEGAL.

Como se ha venido mencionando en este artículo, existen actividades dentro de la industria energética que son exclusivas del Estado según la Constitución y el resto serán cedidas a los particulares y/o a las empresas productivas del Estado bajo los esquemas que las leyes secundarias determinen, es decir, mediante permisos y contratos. Sin omitir que las concesiones están prohibidas.

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Partiendo de la anterior base, una de las obligaciones torales de la CNH es otorgar contratos a los particulares y vigilar las asignaciones de SENER en favor de Pemex, al tiempo que la CRE otorga permisos a las EPEs y a los particulares para que se desarrollen las actividades reguladas por ésta, en los términos de ley, detonando el desarrollo económico ordenado, generando empleos y oportunidades para los mexicanos y mexicanas, dentro de un contexto de libre competencia económica y concurrencia entre los participantes del mercado, dotando al consumidor del poder de decidir por las diferentes ofertas de energía a su alcance.

También no debemos olvidar que Pemex y CFE no son autoridades, como ya se ha dicho son parte de los actores del mercado, por ende, son jugadores en la cancha de la competencia económica. Esto en términos de lo establecido por la propia constitución y la legislación secundaria. El hecho de que el arbitro en este juego comercial (CNH y CRE), se pongan en favor de estos dos regulados que son propiedad del Estado, constituye no sólo una conducta contraria a las reglas de la competencia económica, sino también, desde el punto de vista de otras leyes, conductas constitutivas de delitos e ilícitos, sancionados por dichos ordenamientos. Sin pasar por alto que, en términos de Derecho Internacional, el TMEC recientemente ratificado por el Estado mexicano, contempla una serie de compromisos internacionales en materia de competencia y regulación donde, el hecho de que los órganos reguladores apoyen abiertamente o de manera ficta a Pemex y CFE, pone en una situación de grave riesgo al país, afectando desde la esfera legal a sus integrantes, hasta en términos de calificaciones crediticias y de riesgo país, que llevarían a la nación a tribunales internacionales, resultando en el pago de compensaciones multimillonarias a los afectados, y por ende, agravar la precaria situación económica del país. Sin pasar por alto que, también es corrupción beneficiar a los participantes del mercado, por más que representen al gobierno.

  • La CRE y CNH deben alinearse a la Política Energética del presidente de la República. Esta afirmación es parcialmente CIERTA.

Es cierto que la Ley de los Órganos Reguladores en Materia Energética (ordenamiento legal que detalla los alcances y atribuciones de estos importantes entes de la administración pública), señala que ajustar las actuaciones de los reguladores a las políticas públicas que determine el Poder Ejecutivo es un deber, sin embargo, desde el punto de vista de supremacía constitucional y en orden a la importancia de la aplicación de la Ley, las políticas públicas quedan relegadas o sometidas a lo señalado por la Constitución y las leyes secundarias en materia energética. Siendo que, como resultado de todo lo anteriormente dicho y sustentado por este autor, los órganos reguladores, así como el Poder Ejecutivo Federal en su totalidad, deben de atender a la legalidad de sus actos, es decir, ajustarse a la Ley, punto.

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Finalmente, y disculpándome de antemano con ustedes por lo extenso de este artículo, amables lectoras y lectores; es importante señalar que Pemex y CFE son sumamente importantes para el desarrollo del país, sin embargo, su rescate no debe partir de la base de la ilegalidad, sino de la planeación, la administración responsable y la correcta aplicación de los principios de la gobernanza corporativa. Existen vías para el rescate de las empresas productivas del Estado sin incurrir en riesgos y conductas ilícitas, o también, sin ocurrir a tediosos, complicados y costosos (en todos los sentidos), procesos legislativos. No obstante, es momento de repensar la Reforma Energética y proceder al siguiente paso, “El Federalismo Energético” y también de llevar a Pemex a una “Segunda Vía”, que son artículos previamente desarrollados por su servidor y que convendría repasar para vislumbrar un verdadero rescate energético.

*Santiago Fabián Arroyo Seguedo es CEO y Founder de URSUS Trade & Colsunting.

Las opiniones expresadas son sólo responsabilidad de sus autores y son completamente independientes de la postura y la línea editorial de Forbes México.

 

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