Después de 14 horas de discusión, los diputados aprobaron, en lo particular y en lo general, cambios a siete de 306 reservas que había a la Ley Federal para la Regulación del Cannabis, la Ley General de Salud y Código Penal Federal, que ya fueron enviadas al Senado.

Entre los cambios, está modificar el término de “consumo abusivo” por “consumo problemático”. También se estableció poner una multa de 80 a 300 días del valor de la Unidad de Medida y Actualización (de 7 mil 169 a 26 mil 886 pesos) y prisión de tres a siete años a quien posea para comercialización o suministro más de 5.6 kilogramos de cannabis.

En la madrugada, con 250 votos a favor, 163 en contra y 14 abstenciones, se aprobó el dictamen.

Debido a los cambios que los diputados hicieron, el proyecto regresó al Senado, donde los legisladores deberán indicar si los aceptan o no.

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El Senado discutirá únicamente los cambios incorporados por los diputados. Si aprueban dichos cambios, será enviada al Ejecutivo para su publicación; si los rechaza, la regresará a San Lázaro y, en una segunda revisión, podrán desechar sus propios cambios y turnarlo al Ejecutivo; si insiste en sus cambios, el proyecto en su totalidad no volverá a presentarse sino hasta el siguiente periodo de sesiones.

Sin embargo, esta minuta tiene hasta el 30 de abril para ser aprobarla por mandato de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

¿En qué consiste la despenalización de la mariguana?

Por la tarde, los diputados avalaron despenalización de la mariguana con fines lúdicos con lo que se autoriza a los mayores de 18 años la posesión de hasta 28 gramos de esta yerba para el consumo personal y podrán cultivar y poseer en su lugar de residencia hasta seis plantas, pero si en la vivienda hay más de un consumidor, podrán tener ocho.

También se impide el consumo de cannabis en lugares denominados como 100% libres de humo de tabaco, así como en las escuelas públicas y privadas de cualquier nivel educativo, y de hacerlo serán sancionados hasta con 26 mil 886 pesos.

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Además, prohibe realizar cualquier tipo de trabajo o actividad laboral remunerada estando bajo los influjos del cannabis, e impide a las personas menores de edad consumir cannabis con fines lúdicos, en caso de hacerlo, no serán sancionados.

 

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