Con 118 votos a favor y 2 abstenciones, el Senado aprobó en lo general las reformas en materia de outsourcing en las que se establece que sólo se permite la subcontratación de servicios especializados, tanto para empresas como para el gobierno federal.

El presidente de la Junta de Coordinación Política (Jucopo), Ricardo Monreal, señaló que la subcontratación ha propiciado la simulación. El senador de Morena mencionó que con estas reformas se tiene como objetivo eliminar diversas prácticas que afectan los derechos laborales de las personas y atienden las necesidades de las empresas.

Durante la discusión, el senador por el PAN, Gustavo Madero, señaló que se está regulando el outsourcing, pero no se está eliminando. Mencionó que estas modificaciones son para “impedir abusos”.

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Las modificaciones fueron diversas disposiciones de las leyes Federal del Trabajo, del Seguro Social, del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, del Impuesto sobre la Renta, del Impuesto al Valor Agregado, de los Trabajadores al Servicio del Estado y del Código Fiscal de la Federación.

En esto consiste las reformas avaladas sobre subcontratación

  • Sólo se permite la subcontratación, tanto para empresas como para el gobierno federal, de servicios especializados.
  • Queda prohibida, para las empresas como para las dependencias federales, la subcontratación de personal, entendiéndose ésta cuando una persona física o moral proporciona o pone a disposición trabajadores propios en beneficio de otra.
  • Las empresas que proporcionen servicios de subcontratación de servicios especializados deberán estar registradas ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS).
  • Para obtener este registro, la empresa deberá estar al corriente en sus obligaciones fiscales y de seguridad social, y cada tres años deberá ser renovado este registro.
  • La STPS contará con 20 días para pronunciarse sobre la solicitud.

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  • Las empresas que se encuentren registradas ante la STPS deberán proporcionar cuatrimestralmente la información de los contratos celebrados en el cuatrimestre de que se trate.
  • Quien realice y preste servicios de subcontratación sin contar con el registro ante la STPS, será multado con 2,000 (179,240 pesos) a 50,000 (4,481,000 pesos) veces la UMA.
  • Los patrones de las empresas de subcontratación que no permitan la inspección y vigilancia de las autoridades del trabajo serán sancionados hasta con 448,100 pesos (5,000 UMA).
  • Cada cuatro meses, las empresas registradas ante la STPS reportarán al Infonavit sobre los contratos de los trabajadores y la determinación del salario base.
  • Una vez que entren en vigor estas reformas, la STPS tendrá 30 días para publicar las reglas que seguirán las empresas de subcontratación que busquen formar parte del padrón de la dependencia.
  • Una vez que sean publicadas estas reformas, quienes presten servicios de subcontratación tendrán 90 días naturales para registrarse ante la STPS.

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