EFE.- El Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) confirmó este miércoles la multa de 2,424 millones de euros (unos 2,800 millones de dólares) que la Comisión Europea impuso a Google en 2017 por abuso de posición dominante al haber favorecido su sistema de comparación de precios frente a los de la competencia.

“El Tribunal General concluye su análisis declarando que debe confirmarse el importe de la sanción pecuniaria impuesta a Google”, señaló el TGUE.

La corte con sede en Luxemburgo rechazó el recurso que interpuso la compañía y dio la razón a la Comisión Europea en su análisis de que Google había violado la libre competencia al haber otorgado un lugar prominente a su servicio comparativo en la página de resultados de búsqueda frente a los de los competidores.

“Al favorecer su propio servicio de comparación de precios en sus páginas de resultados a través de una visualización y posicionamiento más favorables, mientras que relegaba los resultados de los servicios de comparación de la competencia en esas páginas (…), Google se apartó de la competencia por méritos”, subrayó la sentencia.

El TGUE señaló también que “tras haber medido los efectos actuales de la conducta en el tráfico de los servicios de comparación desde las páginas de resultados generales de Google, la Comisión tenía una base suficiente para demostrar que ese tráfico suponía una gran parte de su tráfico total”.

Por tanto, “el resultado potencial fue la desaparición de los servicios de comparación de precios, menos innovación en sus mercados y menos opciones para los consumidores”, que, según la sentencia, son “rasgos característicos del debilitamiento de la competencia”.

Los jueces rechazaron también los argumentos de Google de que mejoró “la calidad de su servicio de búsqueda”, contrarrestando así el efecto de exclusión.

Según la sentencia, “si bien los algoritmos para la clasificación de resultados genéricos o los criterios para el posicionamiento y la visualización de los resultados de productos especializados de Google pueden, como tales, representar mejoras de servicios favorables a la competencia, eso no justifica la práctica en cuestión”.

Los jueces consideraron que “Google no ha demostrado mejoras de eficiencia vinculadas a esta práctica que contrarresten sus efectos negativos sobre la competencia”.

Además de esta multa, Bruselas ha impuesto otras dos a Google por abuso de posición dominante.

Una de ellas, de 1,490 millones de euros (1,722 mdd), fue por abuso de posición dominante en la publicidad en internet a través de su servicio AdSense for Search.

Y una tercera, la más alta, de 4,343 millones de euros (5,019 mdd), por utilizar su sistema operativo Android en los dispositivos móviles para reforzar la posición del buscador. 

Google dice que ya cumple las demandas de Europa tras la sentencia del TGUE

Google dijo este miércoles que en 2017 ya hizo cambios “para cumplir” con las exigencias de la Comisión Europea a su sistema de comparación de precios, después de que el Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) confirmara hoy la multa de 2,424 millones de euros que Bruselas le impuso en 2017 por abuso de posición dominante.

“Este dictamen es sobre hechos muy específicos y aunque lo vamos a mirar con mucho detalle, ya realizamos cambios en 2017 para cumplir con la decisión de la Comisión Europea”, dijo a EFE una portavoz de Google.

Bruselas impuso la sanción a la empresa por entender que otorgaba un lugar prominente en la página de resultados de búsqueda a su servicio de comparación de precios frente a los de la competencia, y meses después de la decisión, la compañía decidió que su servicio Google Shopping actuaría como una entidad independiente dentro de Google.

“Estos cambios han funcionado de manera exitosa, generando mil millones de clics para más de 700 servicios de comparación de precios”, continuó la portavoz del gigante tecnológico.

“Los anuncios de Shopping siempre han ayudado a las personas a encontrar aquellos productos que estaban buscando de una manera rápida y sencilla y a los comerciantes a alcanzar a potenciales compradores”, sostuvo.

Sin embargo, el TGUE rechazó hoy estos argumentos, que Google ya presentó durante la vista del juicio, asegurando que “no ha demostrado mejoras de eficiencia vinculadas a esta práctica que contrarresten sus efectos negativos sobre la competencia”.

Según la sentencia, “si bien los algoritmos para la clasificación de resultados genéricos o los criterios para el posicionamiento y la visualización de los resultados de productos especializados de Google pueden, como tales, representar mejoras de servicios favorables a la competencia, eso no justifica la práctica en cuestión”.

Esto es, que “al favorecer su propio servicio de comparación de precios en sus páginas de resultados a través de una visualización y posicionamiento más favorables, mientras que relegaba los resultados de los servicios de comparación de la competencia en esas páginas (…), Google se apartó de la competencia por méritos”.

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Los jueces dijeron también que  “tras haber medido los efectos actuales de la conducta en el tráfico de los servicios de comparación desde las páginas de resultados generales de Google, la Comisión tenía una base suficiente para demostrar que ese tráfico suponía una gran parte de su tráfico total”.

Por tanto, “el resultado potencial fue la desaparición de los servicios de comparación de precios, menos innovación en sus mercados y menos opciones para los consumidores”, que, según la sentencia, son “rasgos característicos del debilitamiento de la competencia”.

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