Bajo las reglas de Tratado comercial entre México, Estados Unidos y Canadá (TMEC), el secretariado de la Comisión para la Cooperación Ambiental (CCA) elaborará un expediente de hechos a fin de realizar una investigación sobre el procedimiento que utilizó el gobierno de México para evaluar el impacto ambiental del Tren Maya.

De acuerdo con una recomendación emitida por el CCA, una organización intergubernamental de los tres países firmantes del TMEC, el expediente de hechos deberá incluir cuestiones relacionadas con diversos estudios aplicables, la presunta fragmentación de los estudios de impacto ambiental, la autorización de cambio de uso del suelo y la aplicación del mecanismo de denuncia ciudadana en relación con el proyecto.

La recomendación responde a una petición sobre aplicación efectiva de la legislación ambiental, la petición SEM-22-002 (Tren Maya), presentada por la asociación civil Moce Yax Cuxtal y otras organizaciones sociales, según lo dispuesto en el capítulo 24 del TMEC.

En la denuncia también participan las agrupaciones Grupo Gema del Mayab, Jaguar Wild Center, Red de Capacitadores Socio Ambientales, Sélvame del Tren y Cenotes Urbanos, así como 19 individuos.

Estas organizaciones señalaron que el gobierno federal está incurriendo en omisiones en la aplicación efectiva de su legislación ambiental de nivel federal en lo relativo a la construcción del tramo 5 sur del proyecto Tren Maya, en los municipios de Solidaridad y Tulum, en Quintana Roo.

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De igual forma, manifestaron que la construcción del tren tendrá un efecto perjudicial en la región debido a que se ubica en una zona kárstica, caracterizada por la presencia de una gran cantidad de fracturas y fallas geológicas, cenotes y depresiones cerradas, la rápida infiltración de agua, la abundancia de cuevas y cavernas y la ausencia de corrientes superficiales.

Arguyeron que el tramo 5 sur del Tren Maya ocasionará daños al ecosistema de la región, en particular al sistema subacuático Sac Actun-Dos Ojos.

Al respecto, el CCA informó que las autoridades mexicanas notificaron la existencia de procedimientos judiciales y administrativos pendientes de resolverse y proporcionó información sobre el proceso de autorización en materia de impacto ambiental y cambio de uso de suelo en terrenos forestales para el proyecto.

Sobre este hecho, el Secretariado del CCA concluyó que los procedimientos pendientes no impiden considerar si se justifica la elaboración de un expediente de hechos y, tras examinar la petición a la luz de la respuesta del gobierno de México, determinó que un expediente de hechos podría esclarecer cuestiones centrales abiertas relativas a la aplicación de las leyes pertinentes por parte de México citadas en la petición.

También, el CCA consideró que un expediente de hechos puede proporcionar información relativa al carácter preventivo del procedimiento de evaluación de impacto ambiental y su implementación efectiva respecto de la ejecución de obras y actividades en el tramo 5 sur del Tren Maya.

En particular, señala el Secretariado, un expediente de hechos puede aportar información acerca de la existencia de diversos estudios de factibilidad, tales como mecánica de suelos, topografía, estudios hidrológicos, prospección de flora y fauna, identificación de zonas susceptibles de colapso, y mitigación de riesgos y daños ecológicos al paisaje kárstico, entre otros, así como también sobre las medidas de conservación, protección y mitigación que se han implementado para hacer frente a los posibles efectos del proyecto.

El Secretariado de la CCA elaborará un expediente de hechos si al menos dos miembros del Consejo así lo disponen.

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