Un tribunal federal revocó cuatro suspensiones contra el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil debido a que el Instituto Federal de Telecomunicaciones aún no emite lineamientos sobre el registro de datos biométricos.

El Primer Tribunal Colegiado en materia Administrativa, especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones consideró que al no existir materialmente el padrón no es posible conceder suspensiones contra su creación.

El juez Juan Pablo Gómez Fierro es quien había otorgado las suspensiones al considerar que el padrón era violatorio de los derechos humanos y poco podía ayudar al combate del crimen.

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“En este momento las consecuencias o efectos de los actos reclamados no son susceptibles de suspenderse, ya que no existe un acto inminente que amerite detenerse o paralizarse, ni menos aún existe materia que permita estimar que las cosas deben mantenerse en el estado que guarden al momento de la promoción del juicio”, argumentó el tribunal.

El Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil fue creado a partir de una reforma a ley de Telecomunicaciones a fin de que sea recabados datos de los usuarios que sean compartidos con las dependencias de Seguridad y se pueda combatir al crimen.

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