El SAT anunció que extiende el plazo para el trámite de alta y registro y para la presentación de los avisos por parte de quienes realicen actividades vulnerables hasta el día 17 de enero del 2014.   El pasado 13 de diciembre de 2013, el Sistema de Administración Tributaria de México (SAT), a través del Portal de Prevención de Lavado de Dinero en internet, publicó que por ajustes en el sistema de dicho portal se extiende el plazo para el trámite de alta y registro y para la presentación de los avisos por parte de quienes realicen actividades vulnerables hasta el día 17 de enero del 2014. Recordemos estimado lector que esta es la segunda prórroga que se otorga para la presentación de avisos pues la obligación en un inicio para que las actividades vulnerables realicen dichos avisos era el pasado 17 de noviembre. Los Avisos deben contener entre, otros temas: Datos generales de quien realice la actividad vulnerable; Datos generales del cliente, usuario o beneficiario controlador y  actividad u ocupación y descripción general de la actividad vulnerable que se da aviso. ¿Pero cuál es el destino de dichos reportes y para qué sirven?, se preguntará usted, estimado lector. De conformidad con la recomendación 29 del Grupo de Acción Financiera (GAFI), “Los países deben establecer una Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) que sirva como un centro nacional para la recepción y análisis de: (a) reportes de transacciones sospechosas; y (b) otra información relevante al lavado de activos, delitos determinantes asociados y el financiamiento del terrorismo, y para la comunicación de los resultados de ese análisis. La UIF debe ser capaz de obtener información adicional de las sujetos obligados, y debe tener acceso oportuno a la información financiera, administrativa y del orden público que requiera para desempeñar sus funciones apropiadamente”. La nota interpretativa de dicha recomendación señala que; “La UIF sirve como agencia central para la recepción de la información revelada por los sujetos obligados. Como mínimo, esta información debe incluir los reportes de transacciones sospechosas, como requiere la Recomendación 20 y 23, y debe incluir otra información que requerida por la legislación nacional (como los reportes de transacciones en efectivo, los reportes de transferencias electrónicas y otras declaraciones/revelaciones basadas en el umbral). El análisis de la UIF debe agregar valor a la información recibida y que está en poder de la UIF. Si bien debe considerarse toda la información, el análisis puede centrarse en cada una de las revelaciones individuales recibidas o en la información seleccionada apropiadamente, dependiendo del tipo y volumen de las revelaciones recibidas, y en el uso previsto luego de su comunicación. Debe exhortarse a las UIF a utilizar un software analítico para procesar la información con mayor eficiencia y contribuir a definir los vínculos relevantes. No obstante, estas herramientas no pueden reemplazar completamente el elemento del juicio humano dentro del análisis. Las UIF deben llevar a cabo los siguientes tipos de análisis: Análisis operativo, utiliza la información disponible y que se puede obtener para identificar objetivos específicos (ej.: personas, activos, redes y asociaciones criminales), para seguir el rastro de actividades o transacciones en particular y determinar los vínculos entre esos objetivos y los posibles productos del delito, el lavado de activos, los delitos determinantes o el financiamiento del terrorismo. Análisis estratégico, utiliza la información disponible y que se puede obtener, incluyendo datos que pudieran suministrar otras autoridades competentes, para identificar las tendencias y patrones relacionados al lavado de activos y el financiamiento del terrorismo. Esta información es luego utilizada por la UIF u otras entidades estatales para determinar las amenazas y vulnerabilidades relacionadas al lavado de activos y el financiamiento del terrorismo”. Para el caso de México la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) además de los reportes que actualmente recibe por parte del sector financiero mismos que representan un volumen muy elevado ahora estará recibiendo a más tardar el 17 de enero de 2014 los correspondientes a actividades vulnerables, situación que demandará de dicha unidad una capacidad de  análisis sumamente eficiente. Umberto Eco, escritor y filósofo italiano dijo: “Toda información es importante si está conectada a otra”. Corresponderá a la UIF buscar dichas conexiones para que su función sea efectiva para desarticular las estructuras financieras de la delincuencia organizada. ¿Se logrará dicho fin con los avisos de las actividades vulnerables? ¿Usted qué opina, estimado lector? Le deseo mucho éxito a la UIF en esta tarea nada sencilla. Contacto: www.garciagibson-consultores.com [email protected] @garciagibson *Las opiniones expresadas son sólo responsabilidad de sus autores y son completamente independientes de la postura y la línea editorial de Forbes México.

 

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