El significado de “Delincuencia Organizada” está por cambiar en México. Al cierre de esta edición, el Poder Legislativo aprobó los cambios al Código Fiscal que endurecen las penas para aquellas empresas y ciudadanos que emitan o reciban facturas o comprobantes que amparen operaciones falsas, simuladas o inexistentes, otorgando la calificación de delincuencia organizada a este tipo de ilícitos. “La reforma enciende las alarmas por lo que esto significa en temas de proceso”, dice Rodrigo Ugalde, especialista en Derecho Penal Tributario. “Los delitos que son considerados como delincuencia organizada conllevan la prisión oficiosa preventiva, es decir, no se puede enfrentar el proceso en libertad”. Para Ugalde, el delito de la defraudación fiscal en el país ha excedido cualquier límite, por lo que esta medida puede ser polémica, pero se justifica en un contexto en el que las “factureras” se han posicionado como una de las principales fugas para la Hacienda Pública. En ese sentido, el Servicio de Administración Tributaria ha calculado la defraudación fiscal proveniente de este tipo de ejercicios ilícitos en 354 mil 512 millones de pesos, lo que representa 1.4% del Producto Interno Bruto, es decir, mucho más de lo que ha podido crecer la economía en la actual administración. “El Gobierno se ha mantenido en la línea de no subir ni crear nuevos impuestos; con esta iniciativa es evidente que la estrategia consistirá en endurecer la recaudación fiscal en el mercado formal”, anticipa Ugalde.

Un llamado a las factureras

Si bien la modificación pretende que tanto personas físicas como morales regularicen su situación fiscal, es claro que los principales objetivos son las llamadas “factureras” y las empresas que las contratan. El artículo 113-Bis del Código Fiscal, tal como se ha modificado, refiere que la defraudación fiscal susceptible de ser considerada como delincuencia organizada es aquella que supere un monto de 7 millones 804 mil pesos. Ugalde ha puesto especial atención a la evolución de esta reforma, desde que se empezó a hablar de ella hasta el momento en el que se ha afinado entre ambas Cámaras y parece muy próxima a su publicación. Pese a que luce como una reforma que lastima garantías de Derechos Humanos, de acuerdo con Ugalde, también existe en su redacción lo suficiente para que las empresas tomen acciones para regularizar su situación ante Hacienda. “Las consecuencias son graves. El hecho de que una persona moral, una empresa, ya pueda ser sujeta a un proceso penal, implica desde una multa económica hasta la disolución de la sociedad. Mientras que para el empresario representa pisar la cárcel desde el momento en el que se vincula a proceso bajo las condiciones de la reforma”, previene el abogado.

Prevención es la clave

De acuerdo con Ugalde, hay ciertos pasos que las empresas pueden seguir para evitar cualquier tipo de problema que pueda venir de un tema relacionado con la emisión y recepción de facturas:
  • CONTROL DE PROVEEDORES. La validación de proveedores incluye consultar que los representantes legales, la dirección fiscal y el objeto social coincidan en la documentación y ésta se encuentre en regla.
  • MATERIALIZAR LAS OPERACIONES. Al contratar un servicio, no sólo debe quedar constancia en una factura, sino de ser posible, también de un contrato de por medio y que, finalmente, el servicio o la compra del producto se concluya.
  • ADOPTAR COMPLIANCE CORPORATIVO. Se trata de un conjunto de procedimientos y buenas prácticas por medio del cual las empresas se adecúan a las normas jurídicas actuales y, de tal forma, se pueden sistematizar los procesos y llevar un mejor control de estos.
De acuerdo al tema de Compliance Corporativo, el especialista señala que “va de la mano con manuales de procedimientos que se implementan en las empresas, tiene que ver con la auditoría de los estados financieros, de resultados, de adquisición de mercancías y la dispersión de recursos, asegurando que la contabilidad haga match en todo momento”, detalla Ugalde.

Seguimiento al SAT

La página web del SAT cuenta con un listado de contribuyentes con operaciones presuntamente inexistentes, el cual debe ser seguido de cerca por las empresas para consultar el estatus de todos sus proveedores. Si alguno llega a aparecer en dicha relación, la empresa cuenta con 30 días para acreditar que la operación realizada con dicho proveedor existió y se materializó correctamente. Para Ugalde, estos nuevos cambios implicarán una curva de aprendizaje importante, tanto por el lado de las organizaciones como de parte de la fiscalía. “Los fiscales no están preparados todavía, hay una falta de recursos, de capacidad, de preparación en general, por lo que este tema seguramente va a dar mucho de qué hablar en cuanto a temas legales y empresariales”, vaticina Ugalde. El especialista confía en que no se convierta en una cacería de brujas, pero la posibilidad de que suceda ahí está. Y ante ello, el aviso es claro, y las acciones a seguir para proteger a las compañías, también.

Cifras de la defraudación fiscal

De acuerdo con la Secretaría de Administración Tributaria, estos son los números de la defraudación fiscal en México:  -8,204 empresas factureras se han identificado. -8.8 millones de facturas falsas sería la emisión de estas empresas. -354,512 millones de pesos es el monto de la defraudación fiscal, equivalente a 1.4% del PIB.

 

Siguientes artículos

Presentan megaproyecto hotelero de 1,000 mdd para Cancún; 4T lo financiará
Por

Bancomext y dos bancos extranjeros financiarán los 1,000 mdd que requerirá Grand Island Cancún, un proyecto de 3,000 hab...