Luego de pruebas piloto y audiencias con empresas y colonos, el gobierno de la Ciudad de México emitió las reglas definitivas que deberán acatar las empresas que rentan bicicletas y scooters eléctricos por medio de apps, así como los usuarios. La Secretaría de Movilidad capitalina denominó a estos dispositivos como sistemas de transporte individual sustentable, “SiTIS”. Entre las reglas que deben seguirse, te presentamos las 11 más destacadas tanto para las empresas como los usuarios de sus servicios. 1) Los servicios del SiTIS tendrán un horario de operación de 05:00 a 00:30 horas, de lunes a domingo, los 365 días del año. 2) No se permitirá el cobro de viajes menores a 3 minutos, si el usuario reportó una falla en la unidad.  Está prohibido el uso de tarifas dinámicas. 3) Por medio de GPS y sistemas informáticos, las empresas deben garantizar una adecuada gestión de la demanda de dispositivos, lo cual incluye la distribución necesaria para que unidades y espacios de estacionamiento disponibles. 4) El inicio y la conclusión del viaje de los usuarios deberá realizarse en los puntos de arribo autorizados:
  • Puntos de arribo señalizados en el piso del arroyo vehicular o con postes.

Gráfico: Semovi

  • Aceras cuando no haya un punto de arribo dedicado al estacionamiento de bicicletas y scooters en un radio de 140 metros, y únicamente cuando la acera tenga un ancho mínimo de 2.80 metros y las unidades de servicio se estacionen en la franja de mobiliario urbano y arbolado, garantizando el paso peatonal con un mínimo de 1.60 metros con respecto a la fachada.
5) Las compañías deben reubicar en un plazo no mayor a 2 horas las unidades de servicio estacionadas fuera de los puntos permitidos y en máximo 8 horas cuando éstas sean estacionadas fuera del área de operación asignada, siempre que no cuenten con un reporte de robo. 6) Las bicicletas y scooters eléctricos deben tenger un sistema que restrinja su velocidad a 25 km/h. 7) El operador deberá contar con una póliza de seguro vigente, con una cobertura mínima de 1,500 veces la Unidad de Cuenta de la Ciudad de México, para cada uno de los siguientes rubros:
    • Muerte accidental, sin deducible.
    • Pérdidas orgánicas, sin deducible.
    • Reembolso gastos médicos, sin deducible.
    • Reembolso gastos funerarios, sin deducible.
    • Responsabilidad civil por daños materiales.
    • Responsabilidad civil por daños a personas.
8) Está prohibido que las unidades porten cualquier tipo de publicidad diferente a la marca de su empresa. 9) Las compañías deben sancionar a los usuarios por el uso indebido del servicio, así como por la conclusión de viajes fuera de los puntos de arribo o fuera del área de operación. 10) Deberá existir un sistema de atención a usuarios y ciudadanía en general que funcione al menos durante el horario de operación del servicio. 11) Las unidades deben recibir mantenimiento preventivo menor mínimo una vez cada dos meses y mantenimiento preventivo mayor por lo menos dos veces al año. No te pierdas: Semovi corrige: scooters y bicicletas no pueden circular en banquetas

 

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