Después de que se difundiera que el nuevo reglamento de tránsito de la capital permitiría la libre circulación de bicicletas y monopatines en banquetas y zonas peatonales, este lunes tanto la jefe de Gobierno, Claudia Sheinbaum, como la Secretaría de Movilidad de la Ciudad de México (Semovi) corrigieron y aseguran que no será así. La semana pasado se decía que se permitirá siempre y cuando esos transporte alternativos no excedan una velocidad máxima de 10 kilómetros por hora, de acuerdo con las modificaciones al Reglamento de Tránsito de Ciudad de México que entrarán en vigor el 22 de abril; no obstante, las autoridades aseguraron que se trató de un error de redacción, y que patines eléctricos y las bicicletas no podrán circular por las banquetas de la ciudad. “La versión anterior del Reglamento de Tránsito, en su artículo 5, autorizaba la circulación de vehículos recreativos (Aquellos utilizados por peatones para actividades lúdicas, deportivas, tales como patines, patines del diablo, bicicletas para niños de hasta doce años de edad). Sin embargo, en las modificaciones publicadas el pasado 19 de marzo, se cometió un error involuntario al incluir a los vehículos de pedaleo asistido o con motor entre los modos autorizados para circular en el espacio peatonal”, señaló la dependencia en un comunicado. El pasado 19 de marzo, se publicó la reforma al reglamento de tránsito, la cual buscaba prohibir el uso de patines eléctricos y bicicletas en las banquetas de la ciudad. Para ello, se redefinió el concepto de “vehículos no motorizados” y de “vehículos de apoyo peatonal”. “La Secretaría de Movilidad propondrá una redacción más explícita dentro del Reglamento de Tránsito, en la cual se establezca que estos vehículos (de pedaleo asistido o con motor) tienen prohibida su circulación en la banqueta, a menos que sean utilizados por menores de 12 años y no cuenten con ninguna clase de pedaleo asistido ni motor. “Asimismo, se establecerá que los únicos vehículos eléctricos habilitados para ocupar el espacio peatonal serán sillas de ruedas u otros dispositivos de apoyo a personas con discapacidad o movilidad limitada que no sobrepasen los 10 km/h”, señaló la Semovi en el comunicado. Te puede interesar:
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