La Agencia Federal de Aviación Civil (AFAC) asegura que la medida emprendida por Viva Aerobus de rentar aviones con tripulación extranjeras, a fin mitigar el impacto de las unidades que pondrá en tierra por la revisión de los motores Pratt & Whitney (P&W), cumple con el marco legar mexicano.

De acuerdo con la organismo, el artículo 45, último párrafo de la Ley de Aviación Civil en relación con lo dispuesto en el artículo 83 bis del Convenio Sobre Aviación Civil Internacional, permite que una aeronave matriculada de cualquier país sea utilizada al amparo de un contrato de arrendamiento por una empresa que tenga su oficina principal o residencia en otra nación.

“El arrendamiento húmedo consiste en un acuerdo de voluntades por medio del cual el arrendador concede el uso o goce temporal de una aeronave, incluidas las tripulaciones de vuelo y de sobrecargos de la misma, al arrendatario que se obliga a pagar por ese uso o goce un precio concertado, dicha figura está prevista en la legislación nacional”, afirmó.

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La agencia detalló que en casos excepcionales y temporales, las aeronaves con matrícula extranjera, arrendadas por los concesionarios o permisionarios mexicanos, pueden ser operadas en el territorio nacional.

Asimismo, expuso que la implementación del arrendamiento húmedo le permitirá a la aerolínea continuar con la prestación del servicio público y mantener la conectividad en todas las rutas que tiene autorizadas, sin paralizar las vías generales de comunicación en beneficio de la población, sin vulnerar ningún derecho y por el contrario genera certidumbre para los pasajeros.

“Se tiene conocimiento que esta determinación fue consensuada con los trabajadores de la aerolínea, a efecto de mantener las fuentes de trabajo y proteger a sus familias, ya que no se rescindió ninguna relación laboral con motivo de esta condición extraordinaria”, dijo la autoridad.

Por lo que sostuvo que los comunicados de la Asociación Sindical de Pilotos Aviadores (ASPA) y el Colegio de Pilotos Aviadores de México, donde afirman que se vulnera el artículo 32 de la Constitución al permitir tripulaciones extranjeras, es una apreciación subjetiva y contraria al bien común.

“Dicho precepto dispone que, el personal que tripule cualquier aeronave que se ampare con la bandera mexicana, debe ser operado por personal mexicano de nacimiento; sin embargo, es de resaltar que no se prevé ninguna restricción o prohibición referente a la actividad de tripulaciones extranjeras que operen aeronaves con matrícula distinta a la mexicana”, explicó.

En este sentido, la AFAC aseguró que vigilará que los servicios de transporte aéreo se presten de manera permanente y uniforme, en condiciones equitativas y no discriminatorias en cuanto a calidad, oportunidad y precio.

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